Mi padre monto a mi nombre sl

Mi padre (por llamarlo de alguna manera) tuvo su empresa, con la que se arruino. Monto a nombre de mi madre e igual. Y cumplí 18 años! Hizo lo mismo, se hizo un poder en el cual su firma valía para todo en "mi empresa". Ha dejado deudas en seg. Social y bancos. Llevaba más de 10 años toreandome diciendo que lo estaba mirando... Que tal ... Denuncie por lo penal sin tipificar delito. Y nos tomaron declaración. La jueza lo pasa a lo civil porque al ser mi padre como no hubo violencia... Y habla de supuesta estafa... El no tiene nada... ¿de verdad no tengo nada que hacer?

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No puede denunciar por estafa a su padre, ya que es un pariente en primer grado. De hecho, la vía penal no es posible en semejantes circunstancias. Lo que tiene que hacer es poner toda la deuda encima de la mesa y saber con quién tiene que vérselas: las privadas y las públicas. Tiene además que ver la posibilidad del concurso de acreedores y puede, en fin, tras mucho trabajo, demostrar civilmente que usted jamás tuvo una actividad directa en la sociedad y que su labor, la de usted, fue puramente instrumental. Si consigue esa declaración de un tribunal civil, puede empezar a encarar con los acreedores.

¿Si por lo civil consiguiera eso, me valdría de cara a seg. Social por ejemplo? Estoy muy perdida y no consigo orientación ninguna. Y lo del concurso de acreedores... ¿lo tengo que hacer antes o después de lo civil? Disculpe mis preguntas y muchas gracias por contestarme.

El hecho de que tenga usted problemas con todas las jurisdicciones (especialmente la pública) le va a suponer mucho trabajo. A la Administración le trae sin cuidado que haya una sentencia que diga la verdad: que en realidad era su padre quien manejó todo. Pero también es verdad que si usted tiene eso, podrá hacer frente a las reclamaciones y requerimientos de Seguridad Social y Hacienda y terminar en un contencioso-administrativo en que, en definitiva, usted estaría haciendo valer una sentencia frente a la Administración. Se trata de algo laborioso pero verosímil.

En cuanto a la declaración de concurso, puede que sea una salida mucho más eficiente. Pero todo esto tiene que decidirse con los papeles encima de la mesa. Le recomiendo que vaya con lo que tenga a un abogado, y fijen una estrategia. No se deprima: muchas deudas prescriben por el mero lapso de 4 o 5 años, dependiendo de la naturaleza de la misma (en realidad, la acción para reclamarlas).

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