Concurso acreedores fortuito finalizado responsabilidad del socio frente hacienda

En noviembre de 2012 mi empresa en concurso acreedores voluntario (desde 2008) en sentencia firma fue considerado Concurso Fortuito, ahora 2015 Hacienda reclama, a mi como socio de la sociedad, en calidad de sucesor de la misma una deuda de 2012 con recargos, referido al art 40 ley 58/2003 G.T. Me dicen en carta fue notificado 11/2014).

¿Tengo responsabilidad; he de pagar?,

Entiendo en ese periodo responsable es el administrador concursal, yo fui apartado en 2008 hasta la extinción de la sociedad decretada por el juzgado, (publicado Borme 2/2013).

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Habría que conocer más datos sobre las operaciones realizadas, el artículo citado habla de los socios, por lo que deberíamos conocer su participación en la sociedad y percepciones antes del concurso.

Supongo que además de administrador será socio de ahí la reclamación, pero sin duda es algo que hay que examinar a fondo.

Antes del concurso, (yo)  socio mayoritario (60%) es tambien administrador unico de la sociedad , se presento concurso acredores voluntario que desemboco en extincion de la sociedad por el juzgado como concurso fortuito ( nov 2012). Ahora Hacienda reclama una deuda con recargo en 2015 y la remite al administrador

Necesitaría saber el capital social de la empresa, así como los actos realizados en los dos años anteriores a la declaración del concurso.

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