Tengo una propiedad a medias con mi ex marido, le han embargado, ¿Me afecta el embargo a mi?

Nos divorciamos hace 8 años, y yo me quedé en la casa con nuestra hija. En el divorcio quedó claro que la propiedad está al 50%. Hoy en día ese señor se ha ido a la ruina y tiene embargos por valor de 100.000 €. Embargos sobre la casa. El embargo de hacienda reconoce sobre el 50% de su parte pero el resto no. Quiero vender la casa, si la hipoteca son 160.000, ¿y puedo vender por 280.000 pueden embargar mi parte del beneficio?

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Usted puede vender su parte, el 50% de la casa. No parece muy probable que alguien vaya a comprar la mitad de una casa. En el caso de que esté pagando sola la hipoteca, podrá pedir una disolución de condominio y que le imputen lo que lleva pagado de más a mayor cuota de propiedad de la parte de su exesposo. Ahora bien: esa parte está embargada. Los que han constituido el embargo están esperando a que la hipoteca se acabe de pagar, para sacar a subasta el 50% de su exmarido. Como ve, muy difícil que aparezca un comprador con semejante panorama.

Y no es posible demostrar que tras vendida la casa la parte que le corresponde a el son 60.000 y que lo apliquen al embargo y el resto que se lo quiten cuando el tenga algo?

La persona que es propietaria de la mitad de la casa venderá su parte si quiere, porque la venta es un concepto voluntario. Si no quiere, más tarde o más temprano subastarán esa parte. Si quiere vender, efectivamente el comprador pedirá no solo que firmen los dos propietarios (su exmarido y usted misma) sino que todos los embargos estén cancelados. Con ello, en la mesa de la notaría tienen que estar sentados a la vez las siguientes personas:

1. Usted

2. Su exesposo

3. El banco acreedor hipotecario, para firmar la cancelación de la hipoteca.

4. El o los propietarios de los embargos, para en su caso otorgar también la documentación para cancelar los mismos.

Si falta alguien de las personas mencionadas, no habrá compraventa del 100% de la casa libre de cargas.

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Si podrás vender pero anter tienes que pedir a un juez de los referimientos que haga la separación de bienes establecida en el acto de divorcio

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