La Agencia de Protección de datos,acuerda no iniciar procedimiento...

Todo empieza cuando un día recibo un correo electrónico sin copia oculta y decido denunciarlo. Acabo de recibir un escrito de la Agencia de Protección de Datos donde dice:-que la dirección electrónica del denunciante resulta públicamente accesible en internet, como dirección de contacto en Twitter. En consecuencia no cabe atribuir a éste dato la condición de secreto, al haber sido previamente difundido con caracter público por el propio afectado.

Por lo que se acuerda:no incoar actuaciones inspectoras y no iniciar procedimiento sancionador o de infracción de la Administraciones Públicas.

Para finalizar me indican que puedo interponer-un recurso de reposición ante la Directora de la AEPD en el plazo de un mes, o recurso contencioso administrativo.

Mi pregunta es: mi correo lo puede utilizar cualquier persona, ¿por el simple echo de tenerlo público en internet?

Necesito ayuda, estoy perdido y no se como llevar éste caso.

3 Respuestas

Respuesta
2

Al ser el email público entiendo que es una empresa, en este caso dependerá de la finalidad del email que recibió, si es con finalidad comercial y usted no dió el consetimiento, estaría incumpliendo la ley de protección de datos aunque lo envíe con copia oculta.

Si es para tema distinto no estaría incumpliendo la ley al no ser un dato personal de persona física.

Espero que mi respuesta le haya resultado de utilidad, si es así le agradecería que valorase la respuesta.

Quedo a su disposición si tiene alguna otra duda.

[email protected]

Sí es una empresa privada,que se dedica impartir Grados de Formación Profesional.

Lo de dar consentimiento,pienso que se refiere a haberle firmado algún documento autorizando comunicados,u otros asuntos..y no a sido así.

El correo viene de una jefatura de estudios,para darnos una información.Anteriormente los e-mail,los enviaba el personal del centro con sus correos personales,pero a cada persona individualmente.

En el e-mail aparecemos 8 personas con un fín común,somos compañeros de clase,pero no creo que por ello tengan que saber los demás mi correo....ni yo el de ellos,no??

No lo veo claro-----

Si son compañeros de clase es que tienen autorización para enviarles correo porque hay una relación "comercial" entre usted y la empresa, y si los emails son de empresas, sí pueden ponerlos sin copia oculta al ser emails públicos, no datos personales de personas físicas.

Respuesta
1

Si no lo he pillado mal lo que te ha ocurrido es que otro usuario de Twitter, ha tomado tu dirección para enviarte un email.

Cuando accedemos a sitios web, nos hacen firmar unas condiciones de uso que reflejan la posibilidad de que tus datos aportados puedan ser utilizados por otros usuarios (empresas o particulares).

Cuando aceptamos dichas condiciones damos nuestro consentimiento de las mismas, por ello al crear un perfil público esta disponible para los demás usuarios.

Es por ello que la AGPD no considera violación de la intimidad, ya que en esa red tienes o debes de tener datos de acceso público y la dirección de email es uno de ellos.

Te aconsejo que entres a configuración de confidencialidad de tu cuenta y marques que quieres y no quieres que se acceda de forma pública.

Igualmente aconsejo que tengamos cuidado con lo que compartimos en redes sociales, ahora existe el derecho al olvido, pero... son terrenos pantanosos.

Haces muy bien en protegerte y levantar la mano cuando crees que tus derechos han sido violados y tomes medidas.

Lo que entra a internet se queda en internet.

Respuesta
1

Sobre Internet queda mucho por legislar.. en principio los datos obtenidos de internet se consideran públicos, posiblemente sea su caso, si la empresa que se comunica con vd sacó el dato de intenet, argumentará que lo obtuvo de un lugar de público acceso.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas