¿Validez de contrato compraventa por email?

Voy a vender un coche y el comprador me lo paga por transferencia y no vendrá a firmar el contrato en persona. Tenemos dos ocpciones:

1- Cuando me llega el dinero, montar el coche en la grúa y que se lo lleven con el contrato fimrado por mi, hasta que lo firme el para la transferencia. (Esta opción no me convence mucho al haber firmado yo solo)

2- Se lo mando por mail y que me lo devuelva firmado antes, poniendo una clausula de que el contrato tendría validez, cuando ingrese el dinero en la cuenta.

1 respuesta

Respuesta

Las transacciones por email son perfectamente válidas, máxime si aparece en el mismo la firma escaneada. En el plazo de un mes tiene que haber intercambio de contratos físicos; pero durante ese tiempo, con emails y transferencia, no hay ningún problema. Pero no entregue absolutamente nada si no está el dinero; tenga en cuenta que hay mucha gente que aparece en el mercado como si fuesen compradores y que en realidad solo quieren su firma y datos bancarios.

Gracias,

Voy a añadirle en el contrato, que yo le envío ya firmado por mi, la clausula de que "el acuerdo tendrá validez cuando se haga efectivo el ingreso bancario"

Esto aumentará mi seguridad, ¿verdad?

Desde luego que aumentará su seguridad, porque el ingreso implica el cumplimiento íntegro de la obligación en lo que al comprador respecta. Debe poner asimismo todo lo relativo a la obligación de cursar la transmisión del vehículo, respondiendo personalmente de los perjuicios que se deriven de esta omisión (multas, impuestos).

ok. Y entiendo que el vendedor no se lo puede tomar a mal. Ya que queda en sus manos darle validez al contrato. Haciendo dicho ingreso.

Verdad?

Claro. Lo que parece bastante extraño es que alguien compre un vehículo sin verlo ni comprobar su estado. Pero si al comprador le parece bien, con pagar ha cumplido.

Si, y es raro. En principio quedamos en que venia verlo y cerrar el trato en persona, pero al final ha decidido no hacer el viaje...

Me acaba de contactar su gestoría para pedirme una autorización para poder hacer y deshacer en mi nombre!

Creo que no tengo que autorizarles a tal cosa, en todo caso será el comprador el que tendrá que autorizar a su gestor para que presente por el la transferencia en tráfico.

A cambio, le puedo enviar una declaración jurada de que los datos son ciertos y el coche no tiene cargas...

Gracias

La autorización que suelen pedir las gestorías se corresponden con la realidad de su trabajo en relación a la transacción. No hay problema en que los autorice. Las declaraciones juradas no sirven para nada, salvo en aquellos casos en que la Administración las exige explícitamente.

Pero no se para que necesitan una autorización mía, si no tienen nadaq hacer en mi nombre. Iran en nombre del comprador a hacer la transferencia en la dgt.

No es asi? 

Claro, la transferencia. Es lógico que lo pidan. No van a hacer ninguna otra cosa, y ya que ha encontrado un comprador tan formal, puede darles la autorización para comparecer en su nombre a la DGT y tramitar la transferencia. No pierda al comprador por este tema.

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