Como resuelvo un problema de linderos

Tengo un problema en un lindero entre dos parcelas rústicas. Uno de los propietarios instalo un cerramiento hace 8 años y abrió varias puertas en dicho lindero. El propietario de la otra parcela quiere vallar su parcela y el otro se opone. En los titulos de propiedad no existe ninguna servidumbre y el propietario que vallo primero tiene acceso por camino público. Mi pregunta es, ¿puede el segundo propietario vallar y cerrar su propiedad dentro de su parcela y al tiempo tapar las puertas del vecino?

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Respuesta

Si en los títulos de propiedad no hay servidumbre debe ir al ayuntamiento para certificar que no lo haya porque suele pasar que sí exista allá y no en las escrituras de la propiedad.

Las dos parcelas proceden de una segregación. No existía camino ni senda entre ambas. ¿puede generar alguna servidumbre el hecho de que estén esas puertas 8 años sin que la otra parte se haya manifestado en contra? Creo que deben pasar 10 años. ¿esto es así?

Gracias.

Si nunca hubo circulación entre las dos no hay servidumbre.

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