Propiedad o servidumbre de paso

Hace cuatro años aproximadamente realizo la compra de un terreno mediante contrato privado de compraventa de fincas rusticas, el mismo esta presentado en el registro de la propiedad en el cual se pago el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, Dicho terreno discurre horizontalmente por cuatro parcelas de un mismo dueño. En su momento no se hicieron escrituras porque habría que segregar mi terreno de las cuatro fincas rusticas. En ese momento y para dar paso a este terreno se reflejo en el contrato y literalmente: "las parcelas citadas anteriormente dispondrán en todo momento de un camino privado de acceso, de cinco metros de anchura, el mismo estará situado a lo largo de la parcela 000, y lindando con la parcela 001. En todo momento deberá estar libre de obstáculos, y con un adecuado firme para el transito de vehículos, el mantenimiento del mismo será a cargo de las dos partes, asimismo para dar fluido eléctrico, y agua potable a las parcelas citadas anteriormente, no habrá impedimento alguno para que el cableado de la luz, así como tuberías del agua se prolonguen o discurran por el camino, se adjunta croquis de su ubicación". El camino discurre por un terreno del dueño al que le compre las parcelas.
Ahora bien el otro día me dijo: que si el quería no dejaba entrar a mis amigos a mis parcelas, que tan solo el me dio paso a mí y a nadie más, creo que no tiene razón, pero espero que ustedes me lo aclaren.
También me gustaría saber si el le pude dar permiso a un vecino, sin contar conmigo, para que pueda pasar por encima del camino por el que paso un cable de luz baja tensión.
Yo puedo realizar labores de mejora en el firme del camino, aun que el se niegue a realizarlas ya que el dice que el no paga ni un duro
Yo que tengo ¿propiedad o servidumbre de paso del camino?

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Lo que hay constituida es una servidumbre de paso, servidumbre establecida para acceder a su finca, esa servidumbre no es solo para que pase el dueño de su finca sino cualquier persona que se dirija a ella, el propietario del terreno no puede prohibir el acceso a su finca
Es muy conveniente que todo eso se recoja en la escritura pública y se inscriba en el registro de la propiedad
También me gustaría saber si el le pude dar permiso a un vecino, sin contar conmigo, para que pueda pasar por encima del camino por el que paso un cable de luz baja tensión.
Yo puedo realizar labores de mejora en el firme del camino, aun que el se niegue a realizarlas ya que el dice que el no paga ni un duro
Aunque usted tenga la servidumbre la propiedad le corresponde a él, por lo que puede permitir pasear por ese camino a quien quiera
Usted puede realizar las obras de mejora necesarias para conservar ese camino, él no está obligado a contribuir en ella

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