Mi padre falleció hace 3 años dejando testamento, viudo y casado en segundas nupcias. Reparto de bienes vivo en el extranjero

Mi madre falleció en 1988, mi padre se quedo en la vivienda que habitaban comunente desde unos 30 años. Mi padre conoce a una señora y decide vender el piso sin ponernos al corriente, siendo esta vivienda del Municipio que adquirió en escritura después de fallecer mi madre. ¿Teníamos parte de esta vivienda?

Con ese dinero se compro otro bien, y al vender este segundo volvió a adquirir un tercero del que nos lega un 50% en herencia para los dos hijos y el otro 50% a su señora.

¿Qué podemos reclamar en todo esto? Sabiendo que nunca tocamos a la herencia de nuestra madre.

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Respuesta

Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado, que les estudie su caso concreto. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal y contable en nuestra web.

Si su madre murió en España y era española, en esa época, lo habitual era casarse en bienes gananciales (pero no siempre) y además, la vivienda podía haber sido comprada a titulo privativo por su padre...

En cualquier caso, debieron hacer adjudicación de la herencia, con lo cual, la mitad de la vivienda podía ser de su madre y heredarla los hijos, y su padre una parte del usufructo. Si eso es así, el no podía vender la vivienda... y ustedes si podrían reclamar su parte de la herencia.

En cualquier caso, sin conocer el caso concreto, es complicado indicarle mas.

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