Necesito sentencia tribunal supremo

El tribunal de lo social de Zaragoza me reconoció una invalidez total permanente, soy autónomo en el régimen de la agricultura y en el momento del juicio estaba con la recolección del melocotón por lo cual tenía 5 trabajadores contratados solo para esto

El inss alegó que teniendo trabajadores que podían realizar mi trabajo yo no tenía derecho a la invalidez, a lo cual en la sentencia el juez puso que el que yo pudiera contratar trabajadores no quitaba que yo no podía realizar mi trabajo.

El inss puso recurso en el tribunal superior alegando lo ya expuesto.

Hoy e han dado la sentencia ne la cual le dan la razón al inss diciendo que puedo contratar trabajadores que realicen los esfuerzos y yo realizar los que no lo requieran

No tienen en cuenta que yo lo que tengo es una pequeña explotación agraria, que todos los trabajos dentro de ella requieren esfuerzos y que no puedo permitirme trabajadores durante todo el año, solo en temporada de recolección.

Ahora para el recurso en el tribunal supremo necesito presentar una sentencia favorable para que me lo admitan y veo a mi abogada un poco perdida pues no se lo esperaba.

¿Podrías decirme alguna sentencia y que puedo alegar en el recurso?

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En primer lugar lamento su situación.

De entrada, decirle que si tiene abogada en este tema, por respeto a la compañera, no quiero inferir en su trabajo, de forma que me limitaré a dar mi opinión sin más pues, además, la compañera sabrá mejor que yo cómo está el procedimiento y lo que cabe.

Dice usted que el el inss recurrió (el llamado "recurso de suplicación") y que el TSJ de Aragón se lo ha estimado. Mi pregunta es: ¿Interpusieron escrito de impugnación a ese recurso de suplicación del INSS? Es decir, ¿impugnaron ustedes en plazo el recurso que interpuso el inss contra la sentencia del juzgado de Zaragoza? Me imagino que sería así por no darle vía libre al INSS a que alegara lo que quisiera ante el TSJ de Aragón sin que nadie le parara los pies. Por tanto, lo que se argumentara es base para lo que se desee argumentar ahora ante Órgano superior.

Sobre alguna sentencia, la verdad es que en mi base de datos no tengo almacenada ninguna para este caso concreto, pero estoy casi convencido que tiene que haber, porque lo veo un caso común y que, además, comparto con el Juzgado de lo Social de Zaragoza. Que usted pueda tener trabajadores a cargo no quiere decir que pueda trabajar, son conceptos independientes. Por esa regla de tres, ningún trabajador autónomo podría tener derecho a la pensión de invalidez y entonces, ¿por qué el autónomo cotiza por jubilación y por incapacidad permanente? ¿Por qué no se descuenta de la cotización del autónomo la cantidad destinada a invalidez si consideramos que, como puede contratar a trabajadores, nunca tendrá derecho a invalidez? No lo veo coherente, pues en una explotación familiar hay que tener en cuenta dos cosas:

1. Que dado el tamaño del negocio, el empresario es un trabajador más. Esto no es El Corte Inglés. De forma que si el empresario/trabajador está impedido, está impedido.

2. Que un negocio familiar no suele generar ingresos suficientes como para costear una plantilla de trabajadores el año entero. Sólo puede contratar en épocas puntuales, pero eso no quiere decir que se pueda abandonar el trabajo en épocas del año de menor producción o prosperidad.

Argumentos yo entiendo que hay. Jurisprudencia entiendo que también debe de haber. Pero como le digo, confíe en la abogada que le lleva el tema pues ella sabrá mejor que nadie cómo abordar el caso, que es la que lo conoce en profundidad.

A su entera disposición.

www.lariosabogados.es

Hola

A su pregunta de si impugnamos el recurso la respuesta es si, y ahí explicábamos que los trabajadores eran solo temporales incluso en el juicio aporté un informe de vida laboral de empresa en el que constaban las fechas en las que habían estado contratados

lo único durante el periodo que yo estuve de baja qué fue un año tuve contratado a mí hijo

porque cuando estuve de baja por primera vez ya que me operaron de hernia discal me sancionaron por no haber tenido contratado a nadie.

así que si contrato mal y si no contrato peor

Conozco una sentencia que, aunque no se ajuste al caso que usted comenta, quizás pueda orientarles en algún punto. Y esta es la sentencia del tribunal supremo de 1 de diciembre de 2.009. Esta sentencia viene a decir que una persona con incapacidad permanente ABSOLUTA (que no puede trabajar en nada), se le permite trabajar en la regencia de un negocio familiar. Esta sentencia tiene suficiente peso porque es en unificación de la doctrina. Si bien no se ajusta al caso que plantea, quizás sí pueda arrojar algo de luz en algún punto concreto, porque el caso de esta sentencia no es muy diferente al suyo, enfocando este caso de la sentencia al caso concreto. Ya de entrada está reconociendo la posibilidad de que un autónomo sea beneficiario de la pensión de invalidez, lo cual veo más que lógico. El resto ya es empaparse la sentencia y buscarle aquello que pueda valer.

Gracias por tu interés y responder tan rápido

Yo he encontrado sentencias como la que tú dices espero que sirvan pero voy a seguir buscando haber si encuentro alguna para invalidez total

No hay de qué.

Desearte suerte en este tema si deseáis seguir adelante, y si no tienes más cuestiones que plantearme, ruego cierres la pregunta.

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