Baja por Accidente

Le remito una consulta en nombre de mi padre y referente a su baja por enfermedad...
Mi padre se encuentra actualmente en Baja Temporal (del Régimen General) que se prolonga por dos años debido a una Cardiopatía Vaso Espásmica.
A raíz de un artículo publicado en el Correo de Andalucía entre el 6 y el 13 de este mes en curso donde se exponía que el Tribunal Supremo había considerado en un caso que las anginas de pecho, las cardiopatías y los infartos de miocardio eran accidentes laborales, él se cuestiona su situación actual, ya que su problema empezó en una angina de pecho en horario laboral, y tras inspección del médico de la fábrica, fue enviado a un hospital público para su atención. Desde entonces es atendido por la sanidad pública.
Mi consulta es si el caso de mi padre podría considerarse accidente laboral, y por tanto ser atendido por la mutua y tener una baja profesional o por accidente laboral. Y de lo anterior, cual sería el procedimiento para reclamar esta situación.
Lo cierto es que el estado de incertidumbre con respecto a su situación laboral y las circunstancias económicas que se le derivan de esta baja no ayudan en exceso a que se relaje y se amolde a sus nuevas circunstancias.
Si necesitase algún dato más detallado para su información, se lo remitiría gustosamente.
Agradeciendo de antemano su atención, reciba un saludo: Rafael Infante.

2 Respuestas

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Tu pregunta no tiene una respuesta unívoca. Y es fundamental para su resolución conocer la etiología y las causas concurrentes de eso que llamas "angina de pecho".
La respuesta, genérica forzosamente, atendidos los términos de la pregunta, la encontrarás en el artículo 115 de la Ley General de la Seguridad Social, que definiendo el concepto "accidente de trabajo", en su apartado e) dice:
Se entiende por accidente de trabajo...
Las enfermedades, no incluidas en el apartado siguiente, que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la ejecución del mismo.
Y el siguiente atribuye ese carácter a las padecidas con anterioridad que se agraven como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente.
En otras palabras... si por angina de pecho entiendo insuficiencia coronaria, eso casa mal con el concepto "accidente", cuya concepción principal es la de lesión corporal, producida por un agente externo, sufrida con ocasión o por consecuencia del trabajo.
Ahora bien, si en ese contexto eres capaz de demostrar, al menos indiciariamente, una especial presión psicológica, o un duro trabajo previo, o un esfuerzo considerable... con ese principio de prueba podrías argumentar que de acuerdo con el 115.3 se presumirá (salvo prueba en contrario) que son constitutivas de accidente las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en el lugar de trabajo.
En lo que al procedimiento se refiere, visto está que dispones de una Baja médica atribuida a enfermedad común, y no te queda otro remedio que la impugnación de tan baja médica, (reclamación/solicitud y probablemente demanda judicial) en un proceso en el que necesariamente serán parte el INSS y la Mutua Patronal de tu empresario, y también tu empresario aunque con efectos meramente testimoniales. Su concurso puede serte de gran ayuda, pues puede (si quiere, ya que no le cuesta nada****) facilitarte la prueba de las circunstancias en las que le sobrevino el achaque, y el trabajo previo realizado...
*** No le cuesta nada, a no ser, y es muy común, que mediante Convenio Colectivo tenga establecida la obligación de complementar las prestaciones de seguridad social a su cargo y hasta determinado salario.
En fin, no quiero liarte en exceso.
Pues no me lías en absoluto y me aclaras bastantes cuestiones, así que muchísimas gracias por tu atención...
Mi padre trabajaba en una Siderometalurgia como electricista con unas condiciones bastante duras y se le habían diagnosticado situaciones de stress en varias ocasiones antes de su problema cardíaco.
Supongo que lo más lógico es que consultemos a un abogado con toda la documentación de que disponemos para ver las probabilidades del caso.
Recibe un gran saludo y muchas gracias: [email protected]
Para este tema tan específico, yo que tu acudiría, (si en pesetas entiendes que es importante) al Dr. Cardenal, en la Cátedra de Dº del Trabajo de Sevilla.
Y no olvides cerrar la pregunta y valorarme...
Respuesta
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Rafael, antes que nada le pido disculpas por la demora.
En cuanto a su pregunta, conforme a los datos que usted aporta, en principio lo de su padre ES un accidente laboral (e incluso puede configurar una "enfermedad profesional" -> ello dependerá de la reglamentación al respecto en el oficio en que se desempeñara su papá), con lo cual los gastos, TODOS los costos (los ya ocasionados y los que sobrevengan) que ello implica deberían ser asumidos por la patronal. Pero para ello, desde el informe que debió elaborar el médico de la empresa que usted dice fue el que antendio a su padre en primer lugar, así como toda la demás documentación (historia clínica, informe de especialistas, estudios médicos, etc) deberán acompañarse al pertinente reclamo, puesto que la Empresa en la que trabajara su padre así como el seguro médico que la misma hubiere contratado deben ser informados de la situación de vuestro padre. Pero debo aclararte que lo dicho hasta aquí SON PRINCIPIOS GENERALES del derecho del trabajo en lo que hace a este tema, ya que la tramitación específica no te la puedo informar porque ello varía de país a país, y por lo que advierto, usted es español, y yo soy argentina, con lo cual, me veo limitada solo a contestarte de acuerdo a principios que son generales y comunes al Derecho del Trabajo.
Le sugiero que a la mayor brevedad se asesoren con algún especialista en derecho del trabajo de vuestra nacionalidad, ya que en derecho "los tiempos" son importantes para reclamar cualquier tipo de derecho que a uno le correspondan. Desconozco como es el sistema en España, pero es probable que como en Argentina exista Asesoramiento Gratuito en materia laboral, atento a las especiales características de las relaciones que regula (intente averiguar a través del gremio/sindicato de la actividad en que se desempeñaba su papá).
Disculpe no haberle podido ser de mayor ayuda.
Amin
Lo lamento, pero por algún extraño motivo, en lugar de su respuesta he recibido de vuelta la pregunta que le remití.
Le agradecería de veras que me la reenviara.
Un saludo: Rafael Infante.
Muy agradecido por su tiempo y dedicación... De lo sugerido por usted y otros profesionales consultados, pondré este caso en marcha en beneficio de mi padre; espero que haya suerte :) Reciba un cordial saludo: Rafael Infante

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