Despido en reducción de jornada por guarda legal

Espero aclaren mis ideas sobre este caso. Me acaban de despedir tras 8 años en la empresa, despido por causa objetiva. ¿Mi duda es mi contrato no quedaba blindado en mi situación de guarda legal por mi hija?, no he llegado a cumplir 4 meses disfrutando la media jornada y me encuentro este problema. ¿Simplemente intentan despedirme y quitarme del medio? ¿Es posible despedirme sin más con la nueva reforma laboral? Me indemnizan con 20 días por año, ¿es legal? ¿Qué derechos tengo? ¿La ley de conciliación a cambiado en este aspecto? Porque si es así de fácil y barato despedir seria la tumba de la igualdad en el trabajo y todas las mujeres madre al paro. Soy candidata a delegada sindical estando firmada la canditadura en septiembre pasado. Mi marido trabaja misma empresa podrían tomar medidas contra el, si no acepto despido.

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Estimada Sra.
Si el despido responde a las causas objetivas que señala en su enunciado tendrá derecho a las condiciones que establece la ley para este tipo de despidos. Lo que sugiero es que analice pormenorizadamente la empresa, que determine de la mano de un letrado competente en aspectos laborales, la verdadera naturaleza del despido y si verdaderamente existen fundamentos de objetividad. Es posible que existan y es necesario respetar tanto sus derechos como los de la empresa (si esta se encuentra en una mala situación).
Se podría profundizar mucho en los análisis (Dios libre a unos cuantos administradores de que los trabajadores lo hagan) y tratar de determinar si en esa objetividad actual pesan actos societarios dolosos, negligentes o delictivos, cosa que supondría de hecho probablemente la pérdida de objetividad del despido y por añadidura la improcedencia del mismo aunque eso ya es harina de otro costal y los costes de realizar este tipo de acciones son costosas.
Gracias, por su respuesta: mi duda es, si demostrara fraude en sus cuentas, (que por un lado seria complicadísimo pues ellos tendrán documentación alterada con el fin de poder demostrar sus intereses. Ellos alegan un 26% menos de ventas interanuales de este año al pasado ) y volviera a incorporarme mi temor seria que me atacasen con faltas graves e intentar despido disciplinario directo sin derecho a nada, mediante artimañas en el trabajo, ( falsas acusaciones de cualquier tipo para generarlas, falta de rendimiento, discusiones en el trabajo, negligencia en el trabajo etc... y me despidieran sin nada.en el calculo por mi indemnización creo que algo hay mal, pues este es mi caso. Salario base de 31 días 872,65 antigüedad 43,63 cuenta convenio de 31 días 9,16 p. paga extra 227,21 total b.c.c. 1152,65. Fecha antigüedad 17 12 02 fecha fin relación profesional próximo 10 12 2010 y me ofrecen 5497,12 euros habiendo disfrutado ya de todas mis vacaciones, ¿es correcta la cuenta? ¿Y el finiquito cual seria? Gracias de antemano
Estimada Sra.
Frente al acoso y frente a las acciones que indica siempre le queda el recurso tanto de las demandas penales correspondientes como incluso de la desvinculación voluntaria de la empresa con derechos. Todo es cuestión de enfocar la estrategia de lo que desee. Evidentemente si ataca a la empresa con cuestiones de la legalidad o ilegalidad de sus prácticas supondrá en toda regla una acción que podrá suponerle presiones futuras pero estará absolutamente justificada una desvinculación con todos los derechos adquiridos.
Por otro lado, siento no poder realizar los cálculos ya que necesitaríamos disponer de toda la documentación para analizar si las acciones aplicadas de acuerdo al convenio, a las retenciones y demás elementos son correctas. Es una tarea que no prestamos a titulo gratuito al igual que tampoco lo hacemos con el cálculo del finiquito. Si desea que realicemos esos cálculos y realicemos estudios de documentación (nóminas) etc., tendría que ser contratando nuestros servicios, directamente sobre el estudio de la documentación o mediante la representación legal en el procedimiento.

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