¿Cómo he de calcular mi finiquito?

Trabajo en una empresa por cuenta ajena desde 15 marzo 2005 a jornada completa y sueldo compuesto por : sueldo base, complementos, y dos tipos de bonus o comisiones..
En 2009 disfrute de 6 meses de excedencia por cuidado de un menor y al cabo de este tiempo me reincorpore con una reducción de jornada por el mismo motivo.. Esta reducción de jornada la he disfrutado durante año y medio, ya que actualmente estoy de baja por riesgo de embarazo por la mutua de mi empresa.. En caso de despido tengo dudas de cómo habría de calcular mi finiquito, pertenezco al convenio del comercio vario de Madrid..
Por un lado,
1) ¿El periodo de excedencia se me computa como tiempo de antigüedad en mi empresa?
2) El período de reducción de jornada, ¿e incluso ahora de baja - a efectos de calculo de finiquito se considera como tal "reducción" o se computa como si estaría trabajando a jornada completa?
3) ¿Cuántos días por año trabajado me corresponderían? ¿Y durante qué tiempo máximo?
4) Si quiero calcular mi finiquito, teniendo en cuenta que tengo sueldo base, complementos, unas comisiones minimssa garantizadas, un bonus variable y una cotización a IRPF variable.. ¿Cómo podría calcularlo?

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1) Si la excedencia fue por cuidado de hijo menor de 8 años, sí, computa para antigÜedad
2) Supongo quieres decir INDEMNIZACIÓN, ya que no es lo mismo que liquidación (pagas y vacaciones) ya que esto último te corresponde siempre te vayas tú o te despidan... y va en función de tu jornada... si estás al 50% te corresponde la mitad de una paga extra, por lo que sería lo que te pagarían...
Respecto a la indemnización, lo primero es que sería despido NULO, es decir, no te pueden despedir... por lo que tendríais que llegar a un acuerdo, así que tu marcas la cantidad que te compensaría... ellos solo podrían realizar un despido objetivo pero en plan has incendiado la empresa y tienen testigos, o que cierran la empresa, como es más probable el último caso, pues un despido son 20 días por año trabajado. Tu base de cálculo de la indemnización
El cálculo de la indemnizqación en este caso cogería tu salario a jornada completa, y para cobrar el paro, equivale a jornada completa los dos primeros años de reducción de jornada.
3) Como te he dicho... lo que tu acuerdes, y si es un despido objetivo (que aún así es difícil) la ley dice 20 días por año con un máximo de 24 mensualidad... pero tienes que tener mucha antigüedad para llegar a máximos...
4) Quieres decir INDEMNIZACIÓN supongo, no confundas términos porque realmente son cosas muy diferentes... la indemnización se calcula sumando todo lo que hayas cobrado en el último año! Desde mes de despido, un año exacto at´ras, donde deberían meter todos los conceptos fijos y variables que hayas cobrado.. aquí el irpf no cuenta... porque la cantidad resultante es neta... solo está sujeta a retención lo que exceda de los limites legales.. es decir la ley dice 20 días, pues cotizas si te pagan más días... si la ley dice 45 y te dan más de lo que corresponde a 45, tienes que cotizar la diferencia...
¿De todos modos... tienes miedo de que te despidan? Porque realmente sería una locura por parte de tu empresa... y si eres tú la interesada en irte, puedes hacerles una oferta...

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