Servicios intracomunitarios

Buenas tardes,
una empresa italiana va a realizar un meeting aquí en españa. Para esto van a alquilar un salón en un hotel, junto con un buffet.
La empresa italiana, acostumbrada a estos tipos de negocios, reclama la factura sin IVA. El hotel contesta que tiene que hacer la factura con IVA.
¿Alguien puede aclararnos el problema?
Muchísimas gracias
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Respuesta
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Ante todo, para poder facturar sin IVA las dos empresas deben de tener un NIF-IVA intracomunitario válido.
En segundo lugar, y a mi punto de vista, el servicio se establece en España y es 'consumido' en España por lo cual le daría la razón al hotel.
Por tercero, la costumbre no hace la Ley. Sino el contrario (pero esto es un comentario muy propio en base a experiencias vividas).
Espero que mi respuesta le haya servido.
Sin embargo, le agradecería que finalizara la pregunta.
Saludos cordiales

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