Nueva ley IVA para ventas a europa, ¿Porqué si es obligatoria no veo cambios en los comercios online?

Por lo visto hay que cobrar IVA según el país europeo (una vez supere el umbral de los 10.000€), pero no veo a ningún comercio electrónico (cualquier tienda online del producuto que sea) que haya hecho cambios al respecto y se les sigue cobrando a todos los europeos el mismo IVA, ¿cómo es posible?.

Me gustaría dejar los precios de mis productos como siempre porque es un quebradero de cabeza cambiar según país europeo y veo que de todas maneras nadie los cambia, ¿es posible de forma legal? ¿Tal vez este cambio no es obligatorio?

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En la mayoría de comercios on-line, dirigidos a consumidores, el precio marcado es con el IVA incluido (como indica la legislación).

E internamente ellos gestionan el IVA que corresponda, bien por la ubicación de su ficha de cliente, bien por su localización, o por la dirección de envío.

Si usted no cumple la normativa, puede encontrarse con importantes sanciones.

¿Entonces quiere decir que puedo cobrar a todos los europeos el  IVA  de españa  siempre y cuando a la hora de la declaración a hacienda yo pague el IVA correspondiente de cada venta según países europeos? ¿no es un poco caótico a la hora de  declarar? 

Y como digo parece ser que todo el mundo lo está haciendo  de esta manera porque no encuentro tiendas online que cobren un precio u otro según país europeo.

Y por supuesto siempre cumplo la normativa, el caso es que no la veo nada clara y de ahí mi consulta.

¡Muchísimas gracias!

Yo no le he dicho eso.

Si usted oferta un precio final (IVA incluido) dependerá del país de residencia del cliente (consumidor) el IVA que ha de aplicar. Esto no significa que usted cobre el IVA español, sino que el precio final no cambia, al asumir usted la posible diferencia del IVA. Así lo hace alguna plataforma.

Pero la ley establece que usted ha de emitir factura con el IVA del país de destino si ha superado los limites y liquidar ese IVA de cada país, mediante la ventanilla única.

Algunos comercios, por el volumen de operaciones, no están obligados a ello y simplemente liquidando el IVA español.

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