Fin cuenta vivienda

Abrí una cuenta vivienda en Dic98 y este es el último año que puedo desgravar en la Declaración de la Renta (But still hacen't found what I am looking for ...)¿Hasta cuándo puedo retrasar la compra de la vivienda sin perder el dinero desgrabado? ¿Dentro de ese periodo tendría que gastar todo lo ahorrado? Si vale con parte, ¿cómo se justifica en Hacienda?

2 respuestas

Respuesta
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El plazo máximo para destinar las cantidades ingresadas en la cuenta vivienda a la adquisición o rehabilitación de la misma será de cinco años para quienes hubieran abierto la cuenta vivienda con anterioridad a 1 de enero de 1999.
Creo que siendo este tu caso el plazo se te acaba en Diciembre de 2003, por lo que te queda un año para intentar encontrar what you are looking for.
Las cantidades que aportes incluso el año que viene, siempre y cuando adquieras la vivienda antes del trascurso del citado plazo, serán deducibles en tu declaración de renta del 2003. Te queda por tanto, posibilidad de desgravarte en la declaración del 2002 y en la del 2003, así que aprovecha y sigue buscando y no tendrás ningún problema.
Espero que esto te ayude, si necesitas algo más no dudes en preguntar.
No entiendo lo de que también me puedo desgravar en la del 2003 ... Ya he desgravado en las del 98,99,00,01 y en junio del que viene lo haré por la del 02 ... ¿También puedo en la del 03 (ósea en Junio del 2004)? Pero eso es desgravar en 6 años fiscales!
Ah! Y muchas gracias por la respuesta anterior!
La desgravación no se refiere a cinco años fiscales si no a cinco años contados de fecha a fecha, por tanto si la abriste en diciembre de 1998, los cinco años se cumplirán en diciembre de 2003, independientemente del número de ejercicios fiscales que abarque.
Al final solo te has deducido sobre lo aportado durante los cinco años de plazo desde que abriste la cuenta.
Así que no te preocupes, el artículo 54.2.c) del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas lo dice muy claro así como la disposición transitoria segunda del mismo texto legal.
Por lo tanto te quedan, para aportar y poder deducirte, este año y el siguiente hasta diciembre siempre y cuando cumplas con el plazo de adquisisción o rehabilitación de la vivienda (cinco años).
Para cualquier otra aclaración, ya sabes.
Hola Experto, no sólo has solucionado mis dudas, si no que me has informado de cosas muy interesantes que desconocía! Un millón de gracias : ) Un saludo, valva.
Respuesta
Las deducciones en una cuenta vivienda conlleva la inversión en los cuatro años siguientes. Ha hacienda se le demuestra mediante la inversión realizada debe ser igual a las deducciones realizadas. Si no se realiza la inversión se deben regularizar las deduccónes.
Puesto que abría la cuenta antes del 99, no me corresponderían 5 años, ¿no 4?
¿Es decir, hasta Dic03? ¿Podría desgravar en el 6 años fiscales? (98,99,00,01,02 y 03? Gracias.
Perdona pero la ley se modifico a 1-1-98 y son cinco años. Si la abriste en el 98 hasta el 2002. Las deducciones sería en la renta del ejercicio 98,99,00,01,02 que es el momento en el que debes invertir esa cantidad, sino debes regularizar las deducciones.

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