Si pago mas de 9.040€ por inversión en vivienda habitual.el exceso lo desgravo años siguientes

Estoy pagando la hipoteca de la casa y ademas las obras de rehabilitación en el edificio para la colocación de ascensor (calificadas en vivienda). Las obras no han comenzado aun pero ya se ha pagado a la constructora, por la redacción del proyecto etc.. El caso que entre la hipoteca de la casa y las obras del ascensor excedo los 9.040 € máximos, 4.500 + 6200 €. ¿Se pueden desgravar el exceso en los años siguientes?. ¿Cómo obras de mejora se podría desgravar (20%) aun sin estar terminadas las obras en 2012?.

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Ambas desgravaciones son independientes. El límite para la deducción por vivienda es de 9.040 euros y todo lo que hayas pagado por encima, no tiene derecho a deducción ni en este ejercicio ni en los siguientes.

El límite para la desgravación por rehabilitación de vivienda depende de la Base imponible del declarante. Te dejo este link para que consultes toda la información:

http://www.aeat.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Segmentos_Usuarios/Ciudadanos/Vivienda/Obras%20en%20viviendas/IRPF/RDL-52011.pdf

O también este:

http://www.fomento.gob.es/mfom/lang_castellano/_especiales/ayudas_pevr0912/irpf/

Muchas gracias por la pronta respuesta. El tema del exceso de 9.040 € de deducción me queda claro. Me extiendo un poco más.
Las obras de instalación de ascensor y accesibilidad corresponden a una comunidad de propietarios y se pago su totalidad en el año 2012, el 28-12-2012, el 40 % al contado y el resto financiado a 3 años. Entonces mi pregunta es si puedo elegir una de las dos deducciones:


- Como Rehabilitación de vivienda habitual (Las obras han sido calificadas por la Consejería de Vivienda) que me podría desgravar el 15 % de los pagos realizados incluidos
amortizaciones bancarias con un máximo de 9.040 € de la declaración de 2012,
2013 2014 y 2015 (3 años de amortización), siempre que la obras estén concluidas
antes del año 2017.
- Como mejoras de la vivienda, 20 % de desgravación, deduciendo la totalidad de lo pagado en la factura pagada en 2012 sin incluir amortizaciones que estamos pagando,
con un máximo anual de 6.750 €, y en total de 20.000 €, desgravando el exceso
de los 6.750 € en años venideros. (La duda que tengo es que las obras no se han
concluido todavía en abril y no se si el condicionante es que estén terminadas
y pagadas en el año 2012).

¿Qué casillas se corresponden cada uno de los supuestos en la declaración del IRPF?

Espero su respuesta. Muchas gracias de antemano.

Como has podido ver en los links que te adjunté, la AEAT se refiere a cantidades satisfechas, por tanto, pagadas.

Ten en cuenta también este punto:

"Forma de pago:
Para calcular la base de deducción se consideran las cantidades satisfechas mediante tarjeta de débito o crédito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas de entidades de crédito, no dando derecho a deducción las cantidades satisfechas en metálico. "

En la declaración se rellena:

Rehabilitación de vivienda habitual --> Anexo A.1 --> Apartado C

Mejoras de la vivienda --> Anexo A.2 (II) para vivienda y (III) para vivienda habitual

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