Abuso y coacciones en el trabajo

Quería preguntarle algo más
¿En el contrato de trabajo debe especificar si esta interna?
En el contrato solo pone servicio domestico. ¿Debería de poner si es interna?

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Respuesta
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Eso no es imprescindible.. y tampoco que el contrato laboral se haga por escrito. No es obligatorio, pero sí muy recomendable, para mayor claridad de las partes. Con el tiempo se olvida lo dicho, pero la palabra escrita se mantiene. En cuanto a los despidos, debe señalarse que, en principio, no cabe el despido nulo, pero sí el improcedente. Si no hay motivo claro (por ejemplo, la chica ha hecho su trabajo igual de bien que en los últimos años) para el cese, estaríamos ante un despido improcedente.
En este caso, sólo cabe solicitar la indemnización, y no la vuelta al trabajo, pues al ser servicio doméstico no parece tener demasiado sentido que el empleado vuelva al puesto cuando las relaciones se han visto afectadas por el despido. Sólo cabría entonces la indemnización. Uno de los mayores problemas es que a menudo no se puede probar que una persona ha estado trabajando desde un determinado momento hasta el cese, y entonces tampoco cabe pedir la indemnización por despido. Por eso es importante guardar las posibles pruebas desde el principio, como recibos de salario, pagos por el banco, cartas, fotos, en fi n, cualquier documento puede valer para acreditar la relación laboral con los jefes. También los testigos pueden ser importantes, como chicas que trabajan en casas cercanas u otra gente que tenga conocimiento de la relación laboral, y para que puedas hacer consultas sbre las condiciones de kl¡Las empleadas del hogar aquí te dejo un enlace para que consultes la página web de ese enlace que seguro que te va a sacar de muchas dudas.. un saludo muy cordial..
http://www.abahogar.com/preguntas_frecuentes.php
Hola de nevó
Por lo que me dice sobre las pruebas a tener para un posible despido improcedente las hay puesto que hay muchas vecinas que pueden corraborar que ha estado 3 años en esa casa.más este ultimo mes con contrato, ya que los 3 años ha estado sin contrato
La nueva noticia es que ahora le dicen que le van a hacer otro contrato y que le va a perjudicar. (¿No piensa usted que se han asustado al exigirles que lo hicieran todo bien y ahora salen con esas?)
¿Qué debería hacer? ¿No firmar la baja del anterior contrato? ¿No firmar el nuevo? ¿Denunciarlos? Esto es un lio y mi señora no se entera de nada y le comen la cabeza y claro yo no puedo asesorarla pues ella no se deja .
Por favor de verdad que necesito toda su ayuda
Muchísimas gracias
alfonso.
Si tu mujer quiere firmar el contrato que se asegure bien de lo que forma que estén todos sus derechos recogidos en el contrato, para que no haya equívocos por parte del contratante, pero yo aconsejaría a tu mujer que antes de firmar el contrato le lea bien y si ve algo dudoso que no le firme hasta asegurase de que lo que esta firmando esta en orden, y si tiene muchas dudas al respecto pode llevar el contrato a alguno de los sindicatos o a algún abogado laboralista, para asegurarse de que el contrato esta en orden y dentro de la legalidad.. pero esa decisión la tiene que tomar tu mujer con tu apoyo..
Me parece que ya te e respondido a la pregunta, a no ser que quieras alguna otra información..
Le pido disculpas pues parece se duplico el ultima consulta.
Su ayuda ha sido muy valiosa para el problema que tengo
Solo una pregunta más para finalizar y que por mucho que he leído no lo encuentro.
¿En la firma de un contrato quien puede estar presente aparte del empleador y el trabajador?.
Parientes, representantes sindicales, etc.
Una vez más darle las gracias y gracias por aguantar tanta pregunta.
Un saludo
alfonso.
En la firma de un contrato de trabajo puede estar presente, un delegado sindical el representante de los trabajadores o cualquier representan te sindical, siempre que lo considere oportuno el interesado, aunque no es necesario que este presente ninguno de ellos si la persona que va a firmar el contrato de trabajo esta bien informado y conforme con el contenido del contrato de trabajo..

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