Jornada Reducida descanso dentro de la jornada

Mi mujer desde que se quedó embarazada ha sufrido acoso, pusimos una demanda, fuimos a juicio y perdimos, tras casi un año de baja por ansiedad ha tenido que reincorporarse a su trabajo. Si antes estaba mal ahora después de la demanda es peor, le han leído una serie de procedimientos, donde se recogen muchas cosas para todo el mundo menos para los que estén en jornada reducida ( la única que lo está es mi mujer trabaja 5 horas al día de 9 a 14:00 ).
Como por ejemplo que todos pueden hacer un descanso de 15 min. Para ir a tomar café, pero no los que están de jornada reducida ( osea todos menos mi mujer ). Hay otra chica que esta con un contrato de sustitución de mi mujer que también trabaja 25 horas a la semana que sí puede ir a tomar café, salir a fumar, etc.., mi mujer ha preguntado porque ella si y le han dicho que porque ésta hace las 25 horas en 3 días y por tanto al estar más de 8 horas al día si tiene derecho al descanso de 15 min.
Preguntas:
¿Pueden hacerle lo de que no tiene derecho a descanso?
Cuento tiempo puede seguir una persona con contrato de sustitución de mi mujer, ¿una vez que mi mujer ya ha regresado a su puesto?
Ahora mismo mi mujer es la única que no tiene acceso a la red corporativa, (a internet sí pero porque lo necesita para trabajar), no puede usar dispositivos usb, no puede usar ni internet, ni el correo para temas que no sean del trabajo ( lo cual está bien pero siempre que sea para todos no sólo para ella, ¿no? ). Le han hecho devolver las llaves de acceso a la empresa que antes tenía. Vamos que la tratan como si fuera una delincuente que fuera a llevarse o a destruir información de la empresa, ¿Se puede hacer esto?
El delegado de personal, fue designado por propuesta del jefe acosador (lo nunca visto un gerente proponiendo un delegado de personal para sus empleado) sólo para lavarse la cara ante la demanda que venía. Es un pelele del jefe que no ejerce ninguna de sus funciones de defernder los intereses del personal. Ha sido capaz de estar delante mientras el jefe le decía a mi mujer que le va a hacer la vida imposible y no decir nada, hace la vista gorda ante las discriminaciones y el acoso a mi mujer. Estoy seguro además de que volvería a testificar en nuestra contra como lo hizo en el primer juicio, diciendo lo que quiera el jefe. ¿No hay forma de quitarle de su puesto de delegado de personal ya que no cumple sus funciones?
Creemos que están buscando escusas para despedirla ( lo cual no nos desagradaría si tuviera derecho al paro ) . ¿Si la despiden con cualquier escusa ( bajo rendimiento, algo inventaran, porque mi mujer es muy competente ) y se declara el despido procedente, tendrá derecho al paro?
Todavía, como ha estado de baja, le quedan las vacaciones de este año y debemos de consumirlas antes de que acabe el año, porque sino seguro que le dicen que las ha perdido. Seguro que le ponen pegas para cogerlas, tengo entendido que dos semanas las puede decidir ella y dos la empresa, ¿las dos que decía ella le pueden decir que en esas fechas no? ¿Cómo procedemos para aseguranos tener las vacaciones dentro de este año y poder elegir al menos los dos semanas que nos corresponde elegir?

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Es obligatorio el descanso (sin remunerar) si se trabajan más de 5 horas seguidas, si se trabajan menos no se puede exigir.
El contrato de interinidad o sustitución finaliza cuando se reincorpora el trabajador sustituido, tendría que ver el contrato de esta persona para saber en que situación se encuentra, si continuara trabajando una vez finalizado el objeto del contrato (la sustitución) el contrato sería indefinido.
La empresa tiene que cumplir los derechos mínimos del convenio colectivo o pactados con tu mujer, si al resto le da mejores condiciones tu mujer no puede exigirlas para si misma, siempre que respeten sus derechos mínimos, por lo tanto no puede exigir tener acceso a internet para uso privado en horas de trabajo.
Se puede revocar al representante de los trabajadores en asamblea de trabajadores con mayoría absoluta. Hay otras formas de representación, como las secciones sindicales, la cual podría organizarla tu mujer.
Si la despiden, independientemente de la procedencia, tendrá derecho a desempleo, pero si tu mujer está en reducción de jornada por cuidado de hijo el despido no podrá ser declarado improcedente, solo procedente o nulo, en este caso la empresa tiene muy difícil el despedirla debido a la protección legal que existe en situaciones de maternidad.
Respecto a las vacaciones, salvo que así lo establezca el convenio, es la empresa la que indica el periodo de disfrute, deben estar indicadas en el calendario laboral, si no lo está y no hay mutuo acuerdo para las fechas la empresa tendrá que notificar el disfrute con al menos dos meses de antelación. Debéis solicitar cuanto antes el disfrute de las mismas para no perderlas.
Un saludo, gracias por las respuestas, el convenio por el que se rige mi mujer y sus compañeros es el de oficinas y despachos.
No se ha entendido bien lo de internet para uso privado, lo que quería decir es si se la puede discriminar de esa forma sometiéndola a escrutinio de esas normas ( se le ha dicho que se le va a vigilar por donde navega y su correo electrónico ) mientras con el resto de empleados hay permisividad total. Los procedimientos que le leyeron donde vienen todas esas normas ( y que no han querido de momento facilitarnos por escrito) son para todos, lo que pasa es que con los demás no se vigila su cumplimiento y se tolera su incumplimiento.
Mi mujer está en jornada reducida por cuidado de nuestro hijo,¿qué significa despido nulo?, ¿Qué podría elegir entre indemnización o volver al trabajo? .En nuestro caso estaría claro que elgiríamos indemnización para no seguir con este calvario. ¿Entiendo qué además de la indemnización hay derecho a paro no?
La vía sindical no funcionaría porque el resto de compañeros que no son muchos hacen oídos sordos, quier creer que por miedo a las represalias del jefe, de forma que nunca la votarían.
¿Cómo debemos entonces solicitar las vacaciones? ¿Algún escrito formal? ¿Directamente al gerente o al delegado de personal?
¿Podrían despedir a mi mujer por pérdida de confianza, dado que presentó una demanda contra el gerente y la perdido?
Gracias.
Es lo que antes te comentaba si con el resto son permisivos no implica que deban serlo con tu mujer, siempre que a ella le respeten los derechos mínimos, evidentemente en caso de juicio podría indicarlo pero yo no me arriesgaría.
Despido nulo implica readmisión.
En caso de despido siempre hay derecho a prestación por desempleo.
En una sección sindical el resto de compañeros no cuentan, la sección es la agrupación de trabajadores pertenecientes a un sindicato dentro de una empresa que eligen a un representante para la representación de dicho sindicato, es como funcionamos en nuestro sindicato para evitar la manipulación que tantas veces se da en los representantes de los trabajadores (como parece ser vuestro caso).
Las vacaciones en principio yo las elegiría de palabra en función de la contestación que me dieran las solicitaría por escrito (vía burofax es la mejor forma de dejar constancia), simplemente indicando que solicitas las fechas de disfrute de vacaciones antes de finalizar el año.
El despido es libre, pero no gratis, demandar a la empresa no es motivo de despido, en caso de reducción de jornada por cuidado de hijo además está protegida (ya te lo comenté), por lo tanto o la empresa puede demostrar el motivo del despido o no podría despedirla, en el convenio colectivo tendréis indicado cuales son las causas de despido. En la práctica es: o despido sin indemnización (procedente) o nulo (readmisión), salvo que ambas partes pactéis un despido (algo que en principio es fraude).
Un par de aclaraciones más, por favor.
En cuanto a la sección sindical, imaginemos que se afilia a un sindicato y el resto de compañeros no están afiliados a minguno. ¿Podría entonces mi mujer establecer la sección sindical ella sola? ¿Qué ventajas tiene?
En cuanto a las vacaciones, imaginemos que se ha cogido las dos semanas que son de elección del empleado y por tanto solo quedarían las dos semanas que son de elección de la empresa, entonces le sale otro trabajo, se hace el preaviso a la empresa y como es de dos semanas, se podría coger esas dos semanas hasta cambiar de trabajo de las vacaciones que le quedarían, ¿aunque sean las de elección de la empresa?
Muchas gracias
La sección sindical puede ser de una única personal, es un medio de representación de los trabajadores, la principal ventaja es que serás un medio de representación y de presión válido y real respecto a la representación actual que criticas (por estar vendido).
Vuelvo a repetirte que salvo que el convenio colectivo lo diga así, o de mutuo acuerdo, el trabajador no puede elegir dos semanas de vacaciones a su voluntad.
Si tu mujer se marcha y le deben vacaciones se las liquidarán en el finiquito, si durante el periodo de preaviso ambas partes llegan a un acuerdo se podrán disfrutar las vacaciones durante ese periodo, una tercera posibilidad: si tu mujer está de vacaciones, puede dar el preaviso durante ese periodo.

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