Contratación trabajador

Mi padre tiene una panadería en la que trabajan él y mi madre.
Los dos son autónomos, pero mi padre va a estar ausente varios meses por una operación de la columna vertebral, y aquí reside nuestra duda.
Queremos contratar a una trabajados para que sustituya a mi padre. ¿Dan algún beneficio y ayuda para contratar a alguien en esta situación? (Me habían dicho que la Seguridad Social te la podías ahorrar.
También había escuchado que si contratas a alguna persona de más de 55 años te hacían una reducción.
Simplemente quería saber si hay algún beneficio y ayuda por hacer la contratación de una determinada manera.

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Le pido disculpas, no había visto su pregunta. Supongo que ya habrá obtenido alguna respuesta a su duda, sin embargo, le doy mi opinión por si le sirve de utilidad.
En sentido estricto, no podrá bonificarse el contrato puesto que la causa que origina la contratación es la sustitución de su padre en situación de incapacidad temporal. Ahora bien, lo que yo le recomiendo es efectuar una contratación eventual con una persona mayor de 52 años que se encuentre en desempleo. Además está persona, deberá estar percibiendo la prestación de desempleo y ustedes estar al corriente de pago con la SS antes de la contratación y durante la duración de la misma, de no ser así, le exigirán las bonificaciones aplicadas con los recargos correspondientes.
La bonificación es del 50% de las cuotas por contiengecias comunes y el 50% del salario a abonar al trabajador, con los siguientes matices. Imaginemos que está cobrando 1000 euros de desempleo y debe recibir un salario de 1100, pues bien, la entidad gestora (INEM) abonará 500 euros y ustedes complementarán el salario del trabajadores hasta alcanzar el salario que debe percibir, 600. En cuanto a la bonificación, imaginemos que la base de cotización es de 1200 (siguiendo el ejemplo anterior), pues bien para calcular el coste y el importe de la bonificación es muy sencillo. Cuente que más o menos el porcentaje es de un 30% a cargo empresa en seguridad social, de ese 30% el 23.60% es a cuenta de contingencias comunes, que es lo que deberemos tener en cuenta para obtener la bonificación. Pues bien, el coste total es de (1200*30%) 360, de los que (1200*23.60%) 283.20 son de contingencias comunes, resultando una bonificación mensual de 141.60 euros (283.20*50%).
A fin de cuentas el trabajador que le costaba sin bonificación 1560, (el bruto 1200+1200*30%SS a cargo empresa) le cuesta finalmente. 918.14 (coste- bonificación- salario a percibir por el INEM ((1560-141.60-500 = 918.14))
Para ello, le aconsejo que ponga una oferta de trabajo en el INEM, ojo ya que no podrá exigir que reúna unos requisitos para la aplicación de bonificación, pero lo que si podrá hacer es preguntar directamente cuando haga las entrevistas.
Si necesita cualquier aclaración, ya sabe;
P.S.- y de nuevo mil disculpas.

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