COntrato persona por 2 dias/semana dos meses.

Soy autónomo y me gustaría contratar por 2 días a la semana durante dos meses a una persona (estudiante) inmigrante dándole de alta en la SS.
Independientemente de los tramites en Extranjería que los conozco:
a) Que tramites tendría que hacer a nivel de SS e Inem.
b)Que tipo de contrato tendría que hacer.
c)¿Qué tipo de gastos tendría ademas del salario?
d) ¿Algún tipo de deducción subvención? (Creo que de esta manera podriaedducir por formación)

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Voy a tratar de ayudarte en lo que pueda con esta cuestión.
* TRÁMITES:
Los trámites que debes hacer son los siguientes, ordenados de forma cronológica:
1: Alta de la empresa como empresario:
DESCRIPCIÓN: Si nunca has tenido trabajadores por cuenta ajena debes darte de alta como empresario en la Seguridad Social antes de contratar ninguno. Para la Seguridad Social empresario es la persona que tiene contratados trabajadores por cuenta ajena.
Al hacer este alta te proporcionarán un Código de Cuenta de Cotización de empresa que es el que identificará a tu empresa en los contratos, los boletines de cotización,... Este código será el que utilices siempre que quieras contratar trabajadores.
LUGAR: Tesorería General de la Seguridad Social.
PLAZO: Antes de contratar
COSTE: Gratuito
2: Afiliación del trabajador en la seguridad social:
DESCRIPCIÓN: Si el trabajador no tiene número de la Seguridad Social porque no ha trabajado nunca antes es necesario afiliarlo a la misma antes de realizar ningún trámite. El alta es inmediata y el número que se le asigna al trabajador es válido para toda su vida.
LUGAR: Tesorería General de la Seguridad Social.
PLAZO: Antes de contratar
COSTE: Gratuito
3: Alta del trabajador en la seguridad social:
DESCRIPCIÓN: Una vez acordado el tipo de contrato y las condiciones de trabajo debes dar de alta al trabajador en tu empresa. Con este trámite comunicas a la Seguridad Social que el trabajador va a empezar a prestar sus servicios en tu empresa.
En este alta deben aparecer todos los datos del contrato que se haya firmado o se vaya a firmar con el trabajador.
LUGAR: Tesorería General de la Seguridad Social.
PLAZO: Hasta el día anterior al inicio del trabajo
COSTE: Gratuito
4: Firma del contrato y registro en el inem:
DESCRIPCIÓN: El contrato de trabajo se debe hacer por escrito porque se trata de un contrato temporal. En esta dirección te puedes descargar los modelos de los diferentes contratos:
http://www.inem.es/ciudadano/p_empleo2.html
El contrato debe incluir todos los datos de afiliación de la empresa y el trabajador a la Seguridad Social, así como el horario de trabajo, la remuneración, la duración,...
Debe firmarse por el empresario (tú) y por el trabajador. Una vez firmado se debe presentar para su registro en cualquier oficina del INEM. Es necesario para ello llevar CUATRO COPIAS firmadas.
LUGAR: Oficina del INEM que corresponda.
PLAZO: Hasta 10 días a partir de la fecha del contrato
COSTE: Gratuito
Con esto finalizarían los trámites y papeleos para la contratación. A partir de aquí se iniciará la obligación de cotizar a la Seguridad Social cada mes y de retener una cantidad del sueldo del trabajador para ingresar en Hacienda.
Según la ley deberías también ponerte al día en lo que se refiere a la PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. Lo que supondría el tener hecha una Evaluación de Riesgos y un Plan de Prevención, así como un responsable de riesgos,...
En la práctica se está haciendo mucho la vista gorda en este asunto, pero ten cuidado si decides no hacer nada al respecto y procura que tu trabajador no sufra ningún accidente.
* TIPO DE CONTRATO:
Si la duración del contrato es de dos meses quedan descartados los contratos formativos, puesto que piden una duración mínima de seis meses.
Deberías hacer un contrato de duración determinada normal, te recomiendo un CONTRATO POR OBRA O SERVICIO o un CONTRATO POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCIÓN.
En la dirección que te he puesto antes puedes descargarte ambos modelos y ver las características de los mismos.
* OTROS GASTOS:
Aparte del salario deberás pagar la Cotización a la Seguridad Social, que te supone un incremento de coste de aproximadamente un 30% sobre el salario base.
Es decir, si le vas a pagar 200 euros al mes, la cotización a la Seguridad Social te supondrá un incremento aproximado de 60 euros más, lo que supone que al mes pagarías unos 260 euros.
El 30% es un cálculo aproximado, pero más o menos ese será el incremento sobre el salario que tengas que pagar.
* DEDUCCIONES:
Los contratos temporales no dan derecho a ninguna bonificación o ayuda salvo que la persona que fueras a contratar perteneciera a algún colectivo de los que aparecen en la normativa. Los trabajadores inmigrantes no suelen estar en esos colectivos por lo que no podrías aplicar deducción alguna.
Espero haberte podido solucionar tus dudas. Un saludo y no olvides puntuar la respuesta.

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