Despido o fin contrato

Antes que nada, agradecerle su tiempo y conocimientos dedicados a los demás.
Mi pregunta es muy simple: tengo un contrato de administrativo de obra por 3 años, el cual vence en 2 meses. ¿En qué cuantía me van a indemnizar en caso que se acabe la relación laboral? ¿Cómo puedo cobrar los 45 días por año?

2 respuestas

Respuesta
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Si no denuncias te pagarán 8 días por año. Si no te renuevan y denuncias dado que tu contrato seguro que está en fraude de ley te darán 45 días por año, yo es lo que haría.
Hola de nuevo.
¿A qué se refiere cuando dice que el contrato está en fraude de ley? El tipo de contrato que tengo es de fijo en obra. Si denuncio, ¿tengo posibilidades de ganar?
Gracias y saludos
El contrato o es de obra o es fijo.
Una obra ha de tener una justificación muy concreta por la que se ha generado tu contrato que tiene que tener una serie de requisitos que seguro no cumple. Mira tu contrato y dime la justificación de la obra, mira a ver si tiene sustantividad propia y si has tenido trabajo solo de ese proyecto.
Por eso el contrato estará en fraude de ley.
Si denuncias seguro que puedes ganar.
Ok.
Exponen:
Contrato de trabajo para fijo de obra.
1º Que la empresa constructora POR, ejecuta los trabajos de construcción en la obra POR, situada en la calle X.
2º Que ambas partes acuerdan formalizar el presente contrato para obra o servicio determinado, de conformidad con als siguientes:
Condiciones
1ª. Que el lugar de contratación es en el que está ubicado la obra antes señalada.
2ª. Que la duración del contrato será de 15 meses aprox. Este contrato finalizará cuando finalicen los trabajos de la categoría y oficio del trabajador en la obra que preste sus servicios.
3ª. Que, el trabajador ostentará la categoría profesional de técnico de organización 1ª.
4ª. 40 horas semanales.
5ª. Período de prueba de 2 meses.
6ª. Salario
7ª. Que, la duración máxima será de 3 años, a tenor del art. 28 del convenio de la construcción.
Adicional. Que el trabajador podrá prestar sus servicios en distintos centros de trabajo de la misma provincia, según art. 28-3º.
Muchas gracias
Ok, si has trabajado de forma exclusiva para la obra POR será un fin de obra. Si has trabajado para más obras es un despido.
De todas formas ten en cuenta que reclamar en el SMAC no te cuesta dinero y siempre puedes conseguir un pacto mejor que el que tienes.
Y a lo mejor te hacen conversión a indefinido, ¿no?
Ya, pero en agosto hará justamente 3 años que estoy con esta modalidad de contrato en esta obra, pero la obra finalizará en octubre. Quizás me hagan apuntarme al "paro" 1 día y luego me hagan otro de obra.
?
Que te hagan un nuevo contrato con un descanso de un día es como seguir con el mismo ya que acumulas la antigüedad y es encadenación de contratos.
Respuesta
1
Para poder cobrar la indemnización de 45 te han de hacer un despido improcedente. Eso pasará si
a) te despiden después de la fecha en que te han tenido que renovar
b) si no te renuevan y te dan por finalizado el contrato y reclamas (demanda por despido improcedente) por irregularidad forma del contrato por obra ya que muchas veces estos contratos no se ajustan a ley pues no queda claramente definido que obra es, cuanto dura, etc.
Hola de nuevo.
Mi contrato es de FIJO DE OBRA.
Gracias por su tiempo.
Contrato de obra/ servicio entiendo. Me remito a lo comentado. (Seguramente pasará el punto b))
pd) recuerda de finalizar respuesta . suerte

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