¿Puede un parte médico de baja por IT ser retroactivo?

Se despide a un trabajador mediante burofax. El mismo día que lo recibe, va al médico y le un parte de baja por enfermedad común con fecha del día anterior.
¿Puede un médico extender un parte de baja con carácter retroactivo?
¿Está regulado en alguna normativa?

1 respuesta

Respuesta
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Si que puede incluso con más antelación que un día. Pero para el despido no afecta para nada, solo afectaría al trabajador quien no podría solicitar la prestación de desempleo hasta tener el alta médica y eso le repercutirá negativamente ya que se le descuenta del tiempo del paro al no estar de alta en una Empresa
Pero el trabajador percibiría una prestación por I.T. a la que, de otra manera (de haber estado fuera de un contrato), no hubiera tenido derecho. ¿No sería una prestación cobrada de forma fraudulenta?
No, es totalmente correcto. No es un tema del Empresario sino de la Seguridad SOcial por lo que si alguien tuviera dudas o quisiera reclamar la actuación del medico de cabecera será la Inspección Medica y no vosotros que no os afecta para nada
Muchas gracias por las rápidas respuestas. En nuestro caso somos empresa colaboradora en el pago de la prestación por I.T., pero creo que este dato no afecta al fondo del asunto y creo que tu respuesta es igualmente válida.
Muchísimas gracias.

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