Orientación de social business

somos una asociación que quiere iniciar la explotación de un negocio y nos gustaría hacerlo tal y como se entiende en estos momentos en EEUU como social business. Nos podrían orientar?

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Una asociación, puede realizar actividades económicas, pero sin poder repartir los beneficios, pues es una entidad sin animo de lucro.

Para ello, ha de cumplir con los mismos requisitos que cualquier empresa, según el sector de actividad, con la peculiaridad de que están parcialmente exentos del impuesto de sociedades, es decir, solo tributan por el beneficio de la actividad económica en el impuesto de sociedades, aunque la contabilidad ha de ser de toda la entidad, actividades exentas y no exentas.

Si lo desean, pueden encontrar información de nuestro despacho jurídico en nuestra web. Trabajamos con entidades de toda España.

Gracias por su respuesta, aunque queremos aclarar que la asociación, no pretende efectuar la explotación de este negocio (sector turismo), por si misma sino a través de una sociedad de nueva creación y de ahí nuestro interés por el "social bussines"

La asociación, también puede ser propietaria de participaciones sociales de una entidad mercantil. El concepto de "social business" puede tener diferentes interpretaciones, desde ser una empresa socialmente responsable a una entidad social...

Gracias por su respuesta. Si le interpreto bien, la Asociación puede constituir una sociedad mercantil pero me indica que puede ser una entidad social. Me puede ampliar esta información?, Gracias por su tiempo

Como ya le hemos comentado, una asociación, puede constituir una sociedad o realizar actividades económicas directamente. En este ultimo caso, al ser una entidad parcialmente exenta del Impuesto de Sociedades, tributara por el beneficio de la actividad económica en este impuesto y normalmente tendrá una prorrata en el tema del IVA, al tener dos actividades económicas.

Si su entidad, esta declarada de utilidad publica, podria acogerse a la Ley de Mecenazgo, con los consiguientes beneficios fiscales.

Si constituye una entidad social, tendrá algunos beneficios fiscales, similares a los de realizar la actividad económica directamente con la asociación...

En cualquier caso, le recomendamos se ponga en manos de un abogado, que les estudie su caso concreto y les ayude a planificar y cumplir con las obligaciones que esto supone. Si lo desea, puede encontrar informacion de nuestro despacho juridico en nuestra web. Trabajamos con entidades de toda España.

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