¿Conviene qué mi padre me alquile un local?

La cuestión es que en breve voy a darme de alta como autónomo para desarrollar un negocio, este negocio lo voy a desempeñar en un bajo que tienen mis padres en su casa, en la parte de arriba esta la vivienda y en la parte de abajo esta este bajo en el que yo voy a desarrollar la actividad.
La cuestión es si convendría o no convendría para las 2 partes, el que mi padre me alquile por meses este local y yo pagarle todos los meses por el alquiler del local.
Todavía no sé si voy a ir por módulos, o por estimación directa simplificada pues no tengo ni idea que es lo que más me conviene.
Para que mi padre me alquile el local, se haría todo como es lógico, legalmente, yo presentaría trimestralmente los modelos 115, reteniendo el 19% .
Y mi padre se daría de alta en el modelo 036 y declararía ese rendimiento en la declaración anual del irpf.
No me interesaría si a alguna de las 2 partes ya sea mi padre o ya sea yo mismo, saliese perdiendo.
Creo que si estuviera por módulos, ni me perjudicaría ni me beneficiaria pues en módulos pago tengo entendido un fijo trimestralmente, pero para mi padre no le convendría pues tendría una ganancia que tendría que declarar en el irpf y pagaría el impuesto correspondiente por ello.
Sin embargo en estimación directa simplificada (ingresos menos gastos) yo este alquiler podría llevarlo como gasto, y deduciría, y mi padre tendría que pagar en el irpf por el rendimiento en el irpf del año.
En definitiva ¿convendría o no que mi padre me lo alquile?. Y mejor ¿estimación directa simplificada o módulos?
Gracias y perdonad por la extensión
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Pues dependiendo del tipo de negocio, el modulo se puede calcular, por ejemplo, por los metros del local, los metros de barra, el numero de mesas, la potencia contratada, etc., ademas de los trabajadores. Por lo tanto, tendrá que ver como se calcula el modulo y ademas la agencia tributaria puede realizar verificación de los datos, donde le puede solicitar el contrato de alquiler.
Ademas, al ser el local de su padre, es una operación vinculada, con lo que debería documentar la operación para demostrar que se hace a precio de mercado, o la Agencia Tributaria, puede instar un procedimiento y asignar un precio de mercado (para ambas partes), ademas de las correspondientes sanciones.
Le recomendamos se ponga en manos de un especialista que le ayude con esta cuestión.
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