Supresión de licencias de apertura

He preguntado en el municipio donde voy quiero abrir una asesoría fiscal y me han pedido el proyecto firmado por un técnico para pedir la licencia de apertura. Yo he leído que según el Real decreto-ley 19 /2012 publicado en el BOE, se suprimen las licencias de apertura y se cambia por una declaración responsable. Entonces ¿tendría igualmente que entregar el proyecto de actividad? ¿O se cambia todo por una declaración responsable?

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Uy, parece que se lo vas a preguntar a la persona que defendió más a que no pusieran la declaración responsable.

A ver si me explico bien... este RDL lo sacaron porque tienen "la brillante" idea de que la gente no monta negocios porque hay mucha burocracia o porque se tarda mucho tiempo. (Darte de alta en autónomos es 1 hora y crear una SL 48h ), pero tenían como "pega" el tema de licencias municipales. Para el caso de aquellas actividades que no estuvieran en el RAMINP, decidieron sustituir la licencia municipal por la declaración responsable para que pudieran abrir sin más... y después ya pasaría un técnico municipal a mirar que todo estuviera bien... pero, ¿qué pasa si no está bien? ¿Quién sufre las consecuencias? Pues el de siempre... el emprendedor... qué pasa si le cierran el negocio después de que esté funcionando, ¿cuándo ya se haya hecho la inversión...? ¿A quién perjudica? Al emprendedor, como siempre.

Que hay que hacer el proyecto conforme a la normativa municipal, la cosa es cómo sabe el emprendedor si realmente cumple la norma municipal o no... el emprendedor lo que hace es firmar que realmente lo cumple y tiene todos los papeles en regla, pero si no los tiene (ya no digo por mala fe, si no por desconocimiento.. qué)

En fin, sirva este desahogo para aconsejarte que sigas las indicaciones que te mandan en el Ayuntamiento, que al final es el que te va a dejar hacer o no la actividad. La declaración responsable es solo para abrir el negocio antes y no esperar a que se eternicen las licencias municipales y el proyecto técnico del negocio te lo tiene que seguir haciendo un arquitecto. Y desde luego, no se trata de una medida de abaratar costes a costa de no hacer el proyecto. Como muchas medidas que se anuncian a bombo y platillo, no dejan de ser electoralistas, pero con un trasfondo que poco o nada benefician al emprendedor...

Uy, cómo me he levantado hoy... bueno, no te digo más que hay una propuesta para darse de autónomo en 3 minutos... no me digas, que qué mas dará 3 minutos que 1 hora... no por ello va a haber más o menos autónomos... en fin... es lo que hay...

Hola, muchas gracias por la contestación, después de enviártelo me acordé que no me dijeron proyecto, sino memoria de la actividad.... aunque no se si es lo mismo, y si no es lo mismo imagino que lo tendrá que hacer un técnico también. Lo de que si algo esta mal es problema del emprendedor ya lo tenia entendido así. Mi duda es (sin entrar en si estamos a favor o en contra) Si existe ese RDL ¿los ayuntamientos lo pueden tomar como "opcional" el cumplirlo? ¿o podría decir que quiero acogerme a ese RDL para no hacer la memoria?. Muchas gracias

No, lo que te quería decir, es que no es que sea opcional, es que puedes presentar esa declaración, en lugar de esperar a tener la licencia... tienes que hacer lo mismo, pero antes por ejemplo no podías iniciar actiivdad hasta que ellos no te dieran el visto bueno, y ahora la inicias sin su visto bueno, pero ellos te revisarán a su tiempo si lo tienes bien... espero haberme explicado ahora.

Artículo 4. Declaración responsable o comunicación previa.
1. Las licencias previas que, de acuerdo con los artículos anteriores, no puedan ser exigidas, serán sustituidas por declaraciones responsables, o bien por comunicaciones previas, de conformidad con lo establecido en el artículo 71. Bis de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, relativas al cumplimiento de las previsiones legales establecidas en la normativa vigente. En todo caso, el declarante deberá estar en posesión del justificante de pago del tributo correspondiente cuando sea preceptivo.
2. La declaración responsable, o la comunicación previa, deberán contener una manifestación explícita del cumplimiento de aquellos requisitos que resulten exigibles de acuerdo con la normativa vigente incluido, en su caso, estar en posesión de la documentación que así lo acredite y del proyecto cuando corresponda.
3. Los proyectos a los que se refiere el apartado anterior deberán estar firmados por técnicos competentes de acuerdo con la normativa vigente.
4. Cuando deban realizarse diversas actuaciones relacionadas con la misma actividad o en el mismo local en que ésta se desarrolla, las declaraciones responsables, o las comunicaciones previas, se tramitarán conjuntamente

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