Nueva normativa de negocios

Mi pregunta va relacionada con una directiva europea de obligado cumplimento para todo el territorio nacional, con fecha max. De 28 de diciembre. La cual dice que para abrir un negocio no sera exigible licencia municipal, sino una comunicación por parte del interesado al ayuntamiento. ¿Yo qué quiero adecuar un local como bar, estoy extento de esta licencia, y de un proyecto de obra? O tengo que presentar el proyecto de obra al ayuntamiento indistintamente, si tuviera solo que comunicarlo, ¿una vez finalizado la adecuación las autoridades vendrían a verificar que cumple la normativa o no?

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Por el momento la normativa no es de cumplimiento y por tanto se debe seguir haciendo del mismo modo. Por otro lado, la licencia a la que refiere es la licencia de apertura no hace referencia a la licencia de obras que es necesaria para la adecuación del local a las normativas urbanísticas, de seguridad y de salubridad, en esa caso, siempre que se alteren aspectos estructurales o instalaciones deberá realizar la petición de la licencia de obras correspondiente y los técnicos municipales verificarán que se adecue a la normativa y al proyecto de obligada presentación.
Algunas reformas y pequeños cambios que no afectan a estructuras no requieren proyecto y solamente con un acto comunicado es suficiente.
Para ello debe informarse de las tareas a realizar presentando su idea al ayuntamiento de la localidad quienes le informarán si su actuación requiere o no un proyecto que podrá realizar un arquitecto técnico, un ingeniero o un arquitecto.

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