Creación de negocio

Hola experto, acudo a que me aclares unas dudas que tengo para iniciar un negocio, estoy en paro, voy a poner un comercio en un centro comercial, la lonja se queda vacía el día 31 de mayo, y a partir de esa fecha la alquilo yo, mi duda es, todos los gasto que tenga tanto de lonja, como de obra y decoración los realizo antes de iniciar la actividad, entonces te pregunto cuando me tengo que dar de alta como autónomo, antes de empezar actividad o cuando la inicie, en caso se darme de alta cuando inicie la actividad, como me deduzco los gastos y el iva que page.
Otra consulta es cuando debo pedir el pago único del paro antes o después de darme de alta
Por ultimo quiero contratar a mi hija, siendo yo autónoma y teniendo ella 25 años la puedo contratar por el régimen general, o se tiene que hace autónoma
Gracias por la labor que realizáis, es impagable

1 Respuesta

Respuesta
1
La declaración censal y el alta de autónomos debes pedirla justo antes de iniciar la actividad ya que las necesitarás para la petición de la licencia de apertura del negocio. No obstante para la adecuación del espacio no es necesario estar dado de alta ya que podrás desgravarlos en conceptos de gastos de constitución del establecimiento.
El pago único del paro es el primer paso que debes dar antes de iniciar ninguna acción tras realizar el plan de negocio de la actividad que te pedirán para poder obtener el pago de la prestación. Debes saber que no te entregarán el 100% de la prestación, únicamente el 60% quedando el restante 40% en manos de la administración pública que lo irá descontando del pago de la cuota del RETA.
No puedes contratar a hijos que vivan en la unidad familiar o que tengas a cargo por el régimen general. En este caso, tendrás que contratarla como autónoma o posiblemente como régimen asimilado al régimen general pero sin tener posibilidad de prestación por desempleo en el caso de extinción del contrato.
Muchas gracias por tu rápida respuesta, solo una duda, al ser un local alquilado, tengo que pagar un iva y hacer una retención al dueño por IRPF, mientras no realice actividad, como lo tengo que hacer, como veras estoy muy perdida en esto, gracias
Si, la factura del local supondrá el devengo de iva y de retención de IRPF que deberás declarar trimestralmente.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas