Formación de cooperativa

Somos 4 amigos que intentamos montar una cooperativa (por estar todos en el régimen general de la seguridad social)y estamos haciendo el plan de empresa. La empresa es de nuevas tecnologías, y somos todos titulados con experiencia. No pensamos contratar a nadie más hasta que la cosa este funcionando. Mi pregunta es si es obligatorio tener un convenio. Pensábamos cobrar el salario mínimo interprofesional, para dar más posibilidades a la empresa. Si nos acojemos a un convenio como el de despacho y oficinas, el salario, lógicamente, es más alto. Es triste preguntar esto, ¿hay alguna forma de cobrar SOLO el salario mínimo?.
Respuesta
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Como sabrás, el capital mínimo de las cooperativas es de un millón de pesetas que ha de estar totalmente desembolsado, por lo que al notario al hacer las escrituras de constitución tendréis que aportar el justificante bancario de suscripción del capital. También el nombre ha de aprobarlo el registro central de madrid y el registro de cooperativas del gobierno vasco.
Con respecto al sueldo, el cooperativista lo que cobra son los extornos cooperativos, es decir los beneficios que se reparten entre los socios, por lo que no hay porque acogerse a ningún convenio sectorial. Con el salario mínimo es suficiente e incluso este puede verse mermado si hay perdidas y hay que detraer del sueldo la aportación para compensar estas perdidas.
El problema es la cotización a la seguridad social, que como sabéis va en relación al sueldo asignado, que como mínimo os supondrá el 42% de gasto para la empresa. Si vais a cotizar en el régimen general para poder cobrar el paro si la iniciativa no funciona, tenéis que sopesar muy mucho el tema de la cuantía de la cotización y su repercusión en la cuenta de resultados. Tenéis otra opción que es la de cotizar en autónomos todos, que por poco más de treinta y cuatro mil pesetas, os cubre parte de la baja por enfermedad (a partir del decimoquinto día) y la asistencia sanitaria, sin prestación por desempleo.
En caso de optar por cotizar en autónomos, porqué no hacéis una s.a.l. (incluso podríais estar en el reg. general) y capitalizáis el subsidio de desempleo actual, ¿paa afrontar la nueva iniciativa?.
De todas formas, disponéis en la red de konsertel.com, que por una módica cuota de 25 euros al mes, os gestiona todos estos temas administrativos.
Si no os ha quedado algo claro, me lo decís.
Hola: sobre lo que nos has comentado, hay una cosa que no nos queda muy clara.
¿Ese 42% a que se refiere?. Hasta donde sabemos (que no es mucho, por cierto): Sobre el sueldo base, hay que deducir lo siguiente:
- Contingencias comunes
Trabajador:4,70% Empresa:23,6%
- Desempleo
Trabajador:1,55% Empresa:6%
- Formación Profesional
Trabajador:0,10% Empresa:0,6%
- Fondo Garantía Salarial
Empresa:0,4%
Más el IRPF, que creemos que es 0% si se trata del salario mínimo (442,20 euros mensuales).
Hemos estado buscando información en los ministerios, pero no hay quien se aclare. De todas formas, pensábamos contratar a alguien una vez montada la empresa para que lleve estos temas, pero queríamos hacernos una idea previa de los gastos. Gracias por la dirección, nos viene muy bien.
Un saludo y muchísimas gracias, andamos bastante perdidos.
Marta.
Depende de los convenios a los que te suscribas.
He tenido en cuenta que en vuestro caso, el coste del trabajador es imputable también a la propia empresa, porque desde luego que os deduzcan en la nomina a vosotros o que le deduzcan a la empresa en la cotización, me parece que a fin de cuentas es lo mismo. Para ponerte un ejemplo practico, en el convenio de oficinas es el 38% de coste la seguridad social y en el de comercio electrónico es el 39%, en ambos casos incluido lo del trabajador y la empresa, que se acerca mucho a lo que te he señalado en el correo anterior.
¿No habéis pensado en una s.a.l. para capital la prestación por desempleo anterior? ¿Y cotizar todos en autónomos?. Me parece que en vuestro caso, ambas opciones son a tener en cuenta.
Saber también, que la cotización ha de ser incluida la prorrata de las pagas extras, que en este caso inicial vuestro no tiene aplicación, pero como el saber no ocupa lugar...
Saludos y mucha suerte con la iniciativa.
Jose antonio
Vale! Ya nos ha quedado claro. Muchísimas gracias por la aclaración y muchísimas gracias también por la suerte... Nos hará falta :o).

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