Derecho a habitación de un hijo mayor

Tengo un hijo mayor que no quiere irse de casa (36 años).

Me dice que no puedo echarle porque legalmente tiene "Derecho a Habitación".

Por favor, ¿es asÏ?

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Una vez cumplida la mayoría de edad, no tiene derecho a absolutamente nada. Y con 36 años, ya tiene edad como para "abandonar el nido y volar sólo".

Por favor, mas rigurosidad.

Quien tiene Derecho de Habitación ?

Como se adquiere el Derecho de Habitación ?

Cual es el Articulo de Derecho Civil ?

[color=#666666; font-family: Arial]1. El derecho de habitación consiste en el derecho a ocupar el apartamento y los anejos correspondientes por toda la vida del adjudicatario adquiriente.[/color]
[color=#666666; font-family: Arial]2. Se adquiere mediante precio (debe Ud. venderle ese derecho previamente), debiendo utilizarse por el adjudicatario el alojamiento exclusivamente como domicilio habitual y permanente, no pudiéndose el derecho de habitación ni vender, ni ceder, ni arrendar, ni traspasar a otro por ninguna clase de título. Tampoco se puede hipotecar.[/color]
[color=#666666; font-family: Arial]3. Artículos 870 al 878 del Código Civil Español.[/color]
[color=#666666; font-family: Arial] Un saludo. [/color]

Muy bien,

Es decir que aunque un hijo viva toda su vida en casa de los padres, no por ese uso, repito, no adquiere el derecho de habitación, Tiene que haber compra-venta entre padres e hijo .

De otra forma: si los padres venden la vivienda, el hijo mayor no puede reclamar ningún derecho y tendrá que marcharse de casa.

Gracias

Sí, efectivamente, es tal y como Ud. Indica.

Ahora bien, el Derecho de Habitación es un derecho obsoleto, que data del 1800, que es cuando tenía sentido y razón de ser. Y su finalidad, era dar acceso a la vivienda a los empleados de servicio del hogar y a los trabajadores y jornaleros de campo de terratenientes y nobles, los cuales los alojaban en la casa de servicio, y les garantizaban un hogar permanente. Aquellas servidumbres se mantenía de por vida, y se transmitían de padres a hijos, renovando los derechos.

Como puede ver, y a día de hoy, es anecdótico el hecho de que continúe vigente en nuestro Código Civil, y su simple mención me hace pensar en series como Downton Abbey. Una ley de otro tiempo, para gentes y circunstancias de otro tiempo.

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