Absolución tras dos años

Me gustaría saber si después de dos años tras la comisión del delito se puede pedir la absolución basándose en la presunción de inocencia.

Estoy pendiente de una agresión que me hicieron, han pasado casi dos años, y me da miedo que mi agresor pida un aplazamiento basándose en esto.

Por favor, me podría decir si esta posibilidad existe.

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Creo que mezcla conceptos:

Absolución: Que el imputado quede absuelto de los delitos que se le imputan por sentencia.

Aplazamiento: Solicitud que se realiza para que el acto de juicio previsto para un día concreto no se celebre ese día y se haga más adelante.

Una vez aclarados estos conceptos le ruego que me formule otra vez la pregunta

¿Qué quiere saber? ¿Si su agresor puede quedar absuelto de los delitos que se le imputan?

O ¿si puede solicitar un aplazamiento del juicio?

Muchas gracias por atender mi pregunta tan rápidamente.

A lo que me refiero es que estoy pendiente de este juicio hace casi dos años, me han dicho que si pasan dos años sin que salga el juicio, el demandado puede pedir que se acabe la causa contra él, basándose en que todo el mundo tiene derecho a la presunción de inocencia y pasado este tiempo se vulnera ese derecho de alguna manera. No sé si me expreso con propiedad porque no sé realmente nada de leyes y procedimientos judiciales.

Entonces, lo que me da miedo, es que si esto es cierto, la persona que me pegó pueda solicitar un aplazamiento del juicio, para que se cumplan los dos años y pedir o que se le absuelva o que se archive el caso.

Tampoco sé, y esto es un añadido a la pregunta anterior, si el acusado puede pedir que el informe del forense sea anulado de alguna forma.

Le doy las gracias de antemano por molestarse en contestar a mis preguntas, toda la información que me pueda dar será de gran utilidad para mí.

Un saludo cordial,

Mario

A lo que usted se refiere es a la dilación indebida del procedimiento que se considera una circunstancia atenuante de la responsabilidad penal, pero ésta opera por dilación que no venga provocada por el acusado.

El acusado puede alegar lo que desee para su defensa y por tanto podrá impugnar el informe del forense valiéndose de otro tipo de pruebas pero corresponde al Juez valorar todas las pruebas, por lo que las manifestaciones que haga el imputado no son necesariamente las que el Juez va a tener en cuenta.

Hola,

Muchas gracias por la respuesta, y por su paciencia a la hora de responder.

Entiendo por lo que leo, que mientras que la dilación en celebrarse el juicio provenga de cualquiera que no sea el acusado, y pasen dos años, él podría pedir la absolución.

Y respecto a las pruebas, ¿hasta qué momento pueden intentar incluir pruebas? ¿pueden hacerlo el mismo día del juicio?

Un saludo,

Mario

¿Qué tipo de procedimiento es?

¿Cuáles fueron los hechos?

Hola,

Como decía en mi primer mensaje en una agresión que me hicieron hace casi dos años.

Es un procedimiento penal, por un delito de agresión.

Gracias

Si es delito, las pruebas han de aportarse con anterioridad al acto del juicio, salvo casos excepcionales que no se suelen dar.

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