Embargo de una empresa

Soy socio de una S.L. Que por motivo de la crisis, no se podrá pagar al banco. La tasación de la empresa en el año 2005 es de 1.500.000 € y según la escritura el valor de tasación a efectos de subasta, es el mismo. Mis preguntas son las siguientes:

1º Si ocurriera el embargo por el banco ¿habría qué volver a tasar la empresa de nuevo acorde a los los precios actuales?

2º Al salir a concurso habría salida de subasta por el 70% que de quedar desierta, volvería a salir otra por un valor del 50% y si quedara desierta,¿volvería a salir otra nueva subasta por una cantidad ínfima o habría un valor mínimo por debajo del cual no se pudiera adjudicar el bien hipotecado?

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1

¿Qué entiende usted por tasar la empresa? Si ha habido tasación, ¿se refiere usted a un inmueble?

Efectivamente, es la parcela donde está ubicada la nave y la propia nave

Veamos, usted contempla la posibilidad de presentar Concurso de Acreedores con liquidación de la empresa. En sede concursal, las reglas de una subasta pública, son las mismas que en el proceso civil. No siendo la nave vivienda habitual del deudor, el banco puede adjudicarse la deuda por el 50% del valor de tasación original, no es necesaria una nueva valoración de la nave.

Le agradezco muchísimo su aclaración que me saca de una duda muy confusa

Si la respuesta ha sido de su agrado, debe finalizarla y puntuarla.

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