Consulta legal sobre alquiler de habitación por parte de mis abuelos usufructarios de la casa

A continuación le detallo la consulta que tengo:
El piso donde viven mis abuelos se lo compraron mis padres hace unos años a mis abuelos, pero con la condición que mis abuelos vivan en el hasta que fallezcan los dos es decir un usufructo. Bueno la cuestión es que una tía de mi madre le van a embargar el piso donde viven y le ha pedido a mis padres si puede irse a vivir con mis abuelos a consecuencia de esto no ha surgido varas preguntas:
¿Pueden mis abuelos usufructuarios alquilarle una habitación a mi tía legalmente?
¿Puede mis padres negarse a que vaya a vivir allí?
¿En el caso que se fuera a vivir el día que fallezcan mis abuelos tiene mis padres el pleno derecho ha decir que abandone el piso?
Si mi tía se fuera a vivir allí ¿Convendría hacer algún tipo de contrato o compromiso donde especifiquen que tendrán que dejar la vivienda cuando fallezcan mis abuelos?

2 respuestas

Respuesta
1
1º. Sus abuelos tienen la plena libertad de alquilar esa habitación a su tía sin necesidad de contar con sus padres (y además embolsarse el alquiler íntegro). Sus padres tienen que consentirlo.
2º. Cualquier arriendo, merced, alquiler o cesión que hagan sus abuelos a teceras personas se extinguirá con el usufructo. Eso significa que el día que fallezca el último de sus abuelos, su tía ya no tendrá derecho a seguir en la vivienda.
3º. En consecuencia, sus padres podrán deshauciar a su tía el mismo día en que se extinga el usufructo. Pero le advierto que, lamentablemente, lo más probable es que sus padres se encuentren con mucho tiempo de pleitos para desalojar a su tía, porque estas cuestiones de familiar son muy imbricadas legalmente, y su tía puede atrincherarse de muy variadas formas (la más importante, refutando la propia compraventa en favor de sus padres).
4º. No deje resquicio que le produzca problemas en el futuro: ahora hay buena disposición de las partes a firmar un documento (más adelante, quién sabe) por lo que, vaya con sus padres, sus abuelos y su tía a notaría y otorguen un acuerdo en que se recoja la conformidad de su tía en abandonar la vivienda contra la presentación de un certificado de defunción de sus abuelos. Le costará muy pocos euros y tendrá lo que se llama un "titulo ejecutivo" de desalojo casi inmediato.
Respuesta
1
Sus abuelos, como usufructuarios, pueden obtener frutos del piso, es decir, pueden cobrar rentas por su alquiler.
Sus padres no tienen el derecho de uso del piso, así que no pueden negarse a que su tía viva allí.
Cuando sus abuelos mueran, y sus padres recuperen la plena propiedad del piso, podrían desahuciarle siempre que haya motivos legales.
Se podría poner en el contrato que su tía debe abandonar la vivienda cuando fallezcan sus abuelos.
Cuando se refiere a que para poder desahuciarle siempre que haya motivos legales
¿A qué se refiere? Tenía entendido que son propietarios y con el piso puede hacer lo que quieran
¿Qué motivos hay para que no puedan desahuciarle?
Gracias,
Lo que quise decir es que actualmente la ley establece que Los arrendamientos otorgados por usufructuario superficiario y cuantos tengan un análogo derecho de goce sobre el inmueble, se extinguirán al término del derecho del arrendador, pero cuando se produzca el fallecimiento de sus abuelos puede que sea distinto.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas