Papeles de ciudadanía

Estimado experto, soy Boliviana y necesito por favor que me pueda aclarar algunas preguntas con respecto a los papeles de ciudadanía.
Soy boliviana y vivo en Bolivia, estoy comprometida con un español que vive en españa y pronto nos casaremos. Tengo una hija menor de edad de mi anterior matrimonio, pero yo tengo la tutela legal de mi hija. Mi pregunta es la siguiente, ¿al casrame con un español luego de un tiempo yo consigo la ciudadanía española verdad? ¿Y hay alguna posibilidad de que mi hija pueda tener también la posibilidad de conseguir la ciudadanía?
Gracias

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El casarse con un español no garantiza obtener la ciudadanía española. Su hija tendría que pedir la nacionalidad.
Muchas gracias por responder, ¿dígame cómo puede pedir la ciudadanía mi hija?
Puede pedirla usted en nombre de su hija si ésta es menor de catorce años.
Puede pedirla su hija personalmente, asistida por usted, cuando su hija sea mayor de catorce años.
Puede pedirla su hija, si está emancipada o es mayor de dieciocho años. La opción caducará a los veinte años de edad, pero si su hija no estuviera emancipada según la ley boliviana al llegar a los dieciocho años, el plazo para optar se prolongará hasta que transcurran dos años desde la emancipación.
Para pedir la nacionalidad es imprescindible que se haya residido legalmente en España dos años. Basta un año si al tiempo de la solicitud llevare un año casado con español o española y no estuviere separado legalmente o de hecho.
La solicitud se realiza en un impreso oficial y se presenta en el Registro Civil correspondiente a la localidad en la que resida en solicitante.
Junto a este impreso es necesario aportar los siguientes documentos:
Certificación literal de nacimiento del interesado y de su cónyuge en el caso de que se estar casado con un español, así como, en este último caso, el certificado de matrimonio y de la convivencia de los cónyuges.
Certificación consular en la que conste:
Su nacionalidad.
Los antecedentes penales y si ha tenido o no buena conducta.
La situación militar en su país, esto es, si ha cumplido o no el servicio militar y en qué situación se encuentra.
Certificado de antecedentes penales españoles.
Certificado de empadronamiento.
Certificado policial sobre el tiempo de residencia legal en España (se solicita mediante impreso preparado al efecto).
De a cuerdo alo que entendí, una vez que obtenga la nacionalidad española, puedo pedir la nacionalidad para mi hija hasta que ella cumpla los 14 años. ¿Pero cómo debo hacer eso?
Gracias
Tiene que pedirla en el Registro Civil correspondiente a su domicilio. No es necesario que usted tenga la nacionalidad española. Puede pedirla usted en nombre de su hija si ella es menor de 14 años, si es mayor de esa edad y menor de 18 pero no está emancipada entonces la puede pedir su hija asistida de usted, y si está emancipada o es mayor de 18 años la puede pedir su hija.
Cuales son los requisitos que debo pesentar aparte de que sea menor de 14 años para que yo pueda pedir la ciudadanía de mi hija, porque ahora tine 3 años.
La solicitud se realiza en un impreso oficial y se presenta en el Registro Civil correspondiente a la localidad en la que resida en solicitante.
Junto a este impreso es necesario aportar los siguientes documentos:
Certificación literal de nacimiento del interesado y de su cónyuge en el caso de que se estar casado con un español, así como, en este último caso, el certificado de matrimonio y de la convivencia de los cónyuges.
Certificación consular en la que conste:
Su nacionalidad.
Los antecedentes penales y si ha tenido o no buena conducta.
La situación militar en su país, esto es, si ha cumplido o no el servicio militar y en qué situación se encuentra.
Certificado de antecedentes penales españoles.
Certificado de empadronamiento.
Certificado policial sobre el tiempo de residencia legal en España (se solicita mediante impreso preparado al efecto).

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