Herencia: Dudas sobre el tercio de libre disposición.

Mi situación es la siguiente:
Mi madre acaba de fallecer y ha dejado el usufructo de sus valores y de 1 piso a mi padre.
Luego el 1/3 de libre disposición me lo ha cedido a mi. El resto de sus posesiones a dividir en partes iguales entre los tres hermanos.
Mis preguntas son las siguientes:
1- El 1/3 de libre disposición lo puedo recibir ya o solo después de que fallezca mi padre. Los dividendos de ese tercio lo puedo recibir o pertenece a mi padre.
2-Si mi madre recibió como herencia un piso estando casada en régimen de gananciales. ¿Dicho piso pertenece enteramente a mi madre o la mitad es de ella y la otra mitad de mi padre?

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1º Puede recibir ya lo que le corresponde por ese 1/3 de libre disposición, lo que ocurre es que si alguno de esos bienes estuviera sujeto a usufructo en favor de su padre, el bien a que se refiera su disfrute le corresponde a su padre
Lo que no esté sujeto a usufructo le correspondería en pleno dominio desde la muerte de su madre
2º Si ese bien lo recibió exlcusivamente tu madre, el mismo tiene carácter privativo de ella, no es ganancial, pues son privativos los bienes que durante el matrimonio se adquieren por herencia

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