Que parte le tocaría de la herencia

Mi padre se quedo viudo hace diez años años, estaba casado con mi madre en bienes gananciales y hace poco se ha vuelto a casar con otra mujer. Somos cuatro hermanos de Jerez.
Quería saber que le tocaría a la nueva mujer de mi padre con estos vienes bienes; un piso y un local. Y si tiene derecho a ser usufructuaria. En vida y en muerte de mi padre.

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Bueno pues lo primero es saber si la herencia de tu madre se hizo entera, es decir si ha habido o no reparto y adjudicación de los bienes, o si todo sigue tal cual.

Luego, hay que distinguir entre que tu padre otorgue testamento con las especificaciones que el realice o no.

Suponiendo que la herencia de tu madre ya este repartida, y que tu padre no otorgue testamento, y que los bienes a los que te refieres sean solo de tu padre,

A ella le correspondería lo que se llama cuota viudal usufructuaria que es del usufructo del 1/3 de mejora, correspondiendo a vosotros, el resto es decir nuda propiedad ( sin uso ) dle tercio de mejora, de la legitima estricta / 1/3), y del ultimo tercio que es el de libre disposición.

Normalmente lo que se suele hacer es pagar al cónyuge viudo su usufructo en dinero, para poder disponer de los bienes.

En cuanto al usufructo, pues una cosa es el hereditario, y otra cosa el convencional, y tu padre en cualquier momento le puede ceder a ella o a cualquiera el usufructo de cualquier bien de su propiedad.

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Mi madre no hizo testamento. La mujer de mi padre tiene 42 años y mi padre 70 años. ¿Para recibir la herencia de mi madre y lo que tocaría de padre que tendría que esperar a que falleciese ésta mujer? Si tiene casi la misma edad que los hijos.¿Y podría negarse a que vendamos los vienes ya que ella es usufructuaria y vive y utiliza todo?

La herencia de su madre, dado que ya ha fallecido, puede aceptarse, repartirse y adjudicarse ya, en cuanto a la de su padre, obviamente, debería fallecer el primero. Ahora, en cuanto al usufructo, lo mismo, hasta que no fallezca su padre, su esposa no lo tendrá y tampoco será sobre el total, sino sobre una parte de la herencia, y habiendo la posibilidad de que se le abone el valor de dicho usufructo en dinero.

Un saludo, agradezco valoración respuesta, y cierre pregunta,

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