Problemas con los contratos.

Mi caso es algo extraño, espero que usted me pueda informar:
Yo y mi mujer firmamos con una constructora un contrato de compra-venta de un piso en una promoción que ahora mismo no esta terminada y esta parada, el piso deberían entregárnoslo en marzo de 2010 y nosotros ya les hemos entregado 24.000, pero ya se sabe que no lo van a terminar. En cuestión de varios meses se nos ha barajado varias opciones con ellos, una de ellas es que nos han propuesto cambiarnos de promoción en la cual nos piden un precio más elevado por el piso, resumiendo todo un poco, la situación actual es:
Dicho piso para el que nos ofrecen cambiar, ya esta para entregar, pero claro ellos nos ofrecen hacer un contrato de alquiler con opción a compra durante 2 años, lo cual no me parece mal porque así a día de hoy no tendría que ver nada con el banco, una vez finalizado los 2 años, realizaríamos el contrato de compra donde se nos descontarían del total del piso los 24.000 entregados y las 24 mensualidades aportadas hasta ese entonces.
Mis preguntas son:
¿Qué tiene que aparecer en el contrato de alquiler con opción a compra? ¿El valor total de la vivienda?
¿Qué pasa si en ese tiempo la constructora desaparece?
¿El valor total del mismo lo tengo que negociar al final del contrato de alquiler, osea cuando vayamos a realizar el de compra, o antes de firmar el mismo propio de alquiler?
¿Qué pasaría si por cualquier motivo no puedo cumplir los dos años?
Se que son muchas preguntas, pero la verdad es que si usted me las pudiese por lo menos enfocar o aclarar un poco se lo agradecería de todo corazón. Porque la verdad es que esas preguntas son mis miedos ahora mismo, y alguna más que ahora mismo no me acuerdo.
Sin otro particular y esperando alguno respuesta le saluda atentamente.
Adrián Suárez.

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1º Evidentemente tiene que recoger claramente por una parte que han entregado esos 24.000 euros, que la intención es formalizar un contrato de alquiler con opción de compra, que la compra se verificará dentro de dos años, momento en el que se otorgará la escritura de compraventa y se inscribirá en el registro de la propiedad, es deseable que el precio se fije ahora para evitar sorpresas desagradables después y saber si os interesa o no
Igualmente es aconsejable que se establezca una cláusula por la que si la promotora no cumple sus obligaciones os devolvería esos 24.000 euros (no así el alquiler porque habéis disfrutado del piso)
Es igualmente aconsejable que ese contrato de alquiler con opción de compra se formalice en escritura pública y se inscriba en el registro de la propiedad para evitar que se pueda transmitir a un tercero la propiedad mientras dura el alquiler
Debéis comprobar como está inscrito el inmueble en el registro de la propiedad, si hay hipotecas o embargos sobre él
2º Respecto a los problemas de desaparición de la promotora, mientras no otorguéis la escritura de compraventa e inscribáis en el registro no seréis propietarios del piso, lo sería la promotora, por lo que estaréis afectos a posibles concursos que puedan pesar sobre ella, embargos de hacienda, seguridad social etc,
3º En cuanto a un posible incumplimiento por tu parte, los contratos se firman para ser cumplidos y la otra parte podría exigirte su cumplimiento, todo depende de como se firme el contrato, si es una opicón la compra para ti podrías desvincularte del mismo, aunque puede que perdieras la señal, como te digo todo depende de como se firme el contrato
Todas estas ideas te las doy como guía, lo aconsejable es que acudas a un abogado que te asesore pues el tema es lo suficientemente importante, y sin ver lo que tienes firmado ni lo que puedas firmar los consejos no pueden ser todo lo acertado que se darían con el estudio más pormenorizado de la cuestión

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