Capitulaciones matrimoniales

Estoy un poco perdida, y espero expresarme bien.
Me voy a casar y vamos a elegir el régimen de gananciales, pero antes vamos a hacer capitulaciones matrimoniales, ya que mi pareja tiene varias propiedades y una empresa, y dichas cosas queremos inscribirlas como suyas antes del matrimonio. Nuestra duda es que no sabemos que tenemos que hacer, sé que tenemos que ir al notario y luego al registro, pero en el notario no sabemos como demostrar todas esas cosas, creo que mediante escrituras, no estoy segura, pero no sería más fácil decir que hasta la fecha de la boda lo suyo es suyo y lo mío es mío, me parece más fácil que presentar papeles y más papeles, que corremos el riesgo de que se nos olvide algún papel o no lo encontremos o que no lo tengamos.

1 Respuesta

Respuesta
1
¿Estas en Cataluña o Baleares?
Porque si no el régimen legal del matrimonio es el de gananciales y no has de hacer nada. Y supongo que las propiedades y la empresa, ya hizo las escrituras y las inscribió, por tanto eran, son y serán siempre privativos.
Hola de nuevo,
Somos de Madrid.
Perdona pero sigo un poco perdida, entonces ¿no hay que hacer capitulaciones matrimoniales?, ¿Las propiedades y la empresa se consideran privativos? ¿Y los beneficios de la empresa?. Queremos dejarlo todo bien hecho para que nadie salga perjudicado. Nuestra idea es hacer como una separación de bienes antes del matrimonio y una vez casados gananciales.
Y otra última pregunta, en las capitulaciones matrimoniales aparte de especificar las propiedades de cada uno, ¿se puede establecer un régimen de "pensión" para la mujer en caso de divorcio por culpa del marido?, voy a estar trabajando en casa, cuidando de nuestra hija y eso es un trabajo y un aporte al matrimonio que no queda "reflejado" en ninguna parte, espero explicarme.
Perdona por molestarte tanto, pero todo es nuevo para mi.
Gracias
Te veo despistada.
Los bienes privativos de uno solo, son los adquiridos antes del matrimonio y los adquiridos después del matrimonio por herencia o donación. El piso o coche que te has comprado de soltera, el negocio que has montado de soltera, el dinero que tenías antes de la boda, etc. Y el piso de tus padres que heredas ya estando casada será tuyo, y no del matrimonio
Los bienes gananciales son los adquiridos constante matrimonio, el piso p el coche comprado durante el matrimonio, o el sueldo que ganas cuando estas casado, o los beneficios de tu negocio, o los intereses de un dinero que tenias de soltera.
Por tanto, y dado que queréis que vuestro matrimonio se rija por el sistema de gananciales, que es el supletorio en toda España menos Cataluña y Baleares, no tenéis que hacer nada. Se aplica automáticamente

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas