Dudas sobre bienes privativos en gananciales

Mi duda es sobre derecho matrimonial. Me caso el año que viene y me he comprado un piso a medias con mi novia, también tengo un piso que me compre hace 2 años y lo tengo alquilado y la letra la pago con los ingresos del alquiler. Si me caso en gananciales, según tengo entendido los bienes que aporto al matrimonio son privativos a excepción de la vivienda, y también lo son los que compre en sustitución de los privativos. Mi pregunta es: ¿En mi caso al tener ya vivienda a medias con mi futura mujer mi piso (el que compre con anterioridad al matrimonio) contara o no como vivienda?, es decir, ¿será privativo o ganancial? Si dentro de por años lo vendo y me compro con ese dinero un ferrari, ¿el ferrari será mio solo o de los 2? También tengo entendido que aunque luego tu mujer pague plazos de un bien que está a tu nombre antes del matrimonio sigue manteniendo el carácter de privativo, ¿entonces en mi caso si por ejemplo dejo de alquilarlo y pagamos de nuestros ingresos en gananciales la cuota del piso seguirá siempre sindo solo mio el piso?
También que ocurre en el caso de las herencias si por ejemplo heredo unos terrenos, son privativos, ¿pero si los vendo y con ese dinero me compro otros bienes?
Haber si me podéis resolver estas dudas.

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La sociedad de gananciales no tiene parte de la propiedad del piso, sino tan solo una deuda, es decir el piso será tuyo al 100%, pero si durante el matrimonio habéis pagado como precio aplazado 100.000 E. en caso de separación, deberás reintegrar a tu cónyuge 50.000 E. Y aparte las rentas del piso serán gananciales, como tu trabajo y el suyo.
Desde el punto de vista egoísta, siempre será mejor la separación de bienes para aquel de los dos que gane más dinero con su trabajo o con sus rentas, porque todo el dinero que gane en una cosa u otra será siempre suyo.
Si pactáis notarielmente separación de bienes, serán privativos los bienes adquiridos durante el matrimonio, los adquiridos antes o por herencia o donación son privativos por Ley.
Muchas gracias por tu interés.
Entonces aunque como ahora sucede yo siempre con el dinero que saco del alqiler pago la letra de mi piso, se produce que el alqiler sera de ambos y encima el la sociedad tiene parte de propiedad de mi piso, no lo veo justo, si digamos que ese piso mio se esta pagando solo, no es ninguna carga para la sociedad.
Entonces para yo asegurarme que caso de posible separación ese piso siempre sea mio, ¿lo mejor es hacer separación de bienes no? O se podría digamos, hacer capitulaciones y digamos mantener un régimen ganancial (siempre lo que a partir del matrimonio es de los dos)pero pactar expresamente que lo anterior al matrimonio es de cada cual incluso los frutos que generen, ¿cómo seria el caso del alquiler? ¿Es posible eso? Pactar expresamente para herencias y bienes anteriores, digamos que sean intocables, ¿y el resto si que sea ganancial?
muxiiisimas gracias de antemano
Si te casas en gananciales, todos los ingresos que obtengas serán gananciales, provengan de tu trabajo o de bienes privativos adquiridos antes del matrimonio, por herencia o donación.
Por tanto, el piso que tienes en alquiler, en escrituras y en el registro figura como tuyo privativo, pero los alquileres a partir del matrimonio serán gananciales.
El piso a medias, si lo continuáis pagando a medias será de los dos.
Si un bien (por ejemplo el piso alquilado) está a tu nombre en escrituras y en registro, pero hay unas cantidades aplazadas que se pagan con dinero ganancial, el piso será tuyo, pero le deberás un dinero a la sociedad de gananciales (al matrimonio) que será el que se pague después de la boda.
El caso de la herencia es más claro, y los bienes que pudieras comprar con otros privativos serán solo tuyos, pero ojo, que vaya ella al Notario para decirlo así porque si no se presume que son gananciales.

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