Vivo en un ático con una terraza de 80 metros cuadrados. Quiero sustituir la barandilla.

Tengo una duda que me preocupa y te rogaría por favor si me puedes ayudar.
Tengo un ático con una terraza de 80m2 aproximadamente y con una barandilla de más o menos 20 metros lineales.
El problema es que la barandilla esta situada encima de un murete de 20cm que junto con dicha barandilla de 90cm hace un total de 110cm. Es de metal con un par de pasamanos arriba y abajo de una plancha agujereada y central.
El problema es que es muy peligrosa puesto que aparte de ser muy extensa (20m) pillamos al sobrino de 3 años que había subido al escalón y al primer pasamano y tenia ya medio cuerpo fuera, con lo que el susto fue de muerte.
Vivo en comunidad de propietarios y no me dejaran sustituir la barandilla. ¿Lo qué me gustaría saber si algo que entraña peligrosidad puede ser informado al ayuntamiento y que este permita sustituir la barandilla por algo más seguro a pesar de negativas de la comunidad? ¿Y si esta barandilla es legal? En el PGOU pone barandilla de 100 cm mínimo.
Siento el enorme ladrillo y les agradezco a cualquier persona y en especial a usted su ayuda de antemano porque estoy muy preocupado por si algún día pasa algo serio.
Si no le molesta le enviaré también esta cuestión a otros expertos para comparar opiniones.

2 Respuestas

Respuesta
1
No me causa molestia alguna que compare mi respuesta con la de otros expertos, ya que en derechoe xisten múltiples interpretaciones y cada uno puede tener una opinión distinta sobre el tema.
En primer lugar decirle que se debe distinguir si dicha terraza es privativa suya o es comunitaria, ya que si es privativa, usted puede realizar las obras que considere precisas para darle más seguridad, siempre y cuando el ayuntamiento lo permita ya que en ocasiones por cuestiones estéticas no permite estas actuaciones.
Por otro lado si la terraza es elemento común, debe de tener la unanimidad de todos los propietarios para modificarla.
En cuanto al PGOU, por lo que me dice, entiendo que la barandilla es legal ya que supera los 100 cm, y por lo tanto no se encuentra obligada a elevarla, ni se tiene la obligación por el ayuntamiento de permitir dicha obra.
Además decirle que el artículo 10 de la LPH, establece que será obligación de la comunidad la realización de las obras necesarias para el adecuado sostenimiento y conservación del inmueble y de sus servicios, de modo que reúna las debidas condiciones estructurales, de estanqueidad, habitabilidad, accesibilidad y seguridad.
En virtud de esta norma se podría entender que es preciso elevar la barandilla, pero con el PGOU no sería así, y además necesitaría de un informe pericial que informase favorablemente a usted.
Por lo que veo puede tener muchas pegas en cuanto a la elevación de la barandilla, ya que la ley obliga a los propietarios a pagar las obras que no excedan de 3 mensualidades ordinarias de gastos de comunidad, y esta obra entraría en ello, con lo que veo lógico que se opongan si es usted la que usa en exclusiva dicha terraza, porque a ellos ni les va ni les viene.
Pues bien, otra opción que se me ocurre sería la de solicitar que le permitan la elevación, y que la obra corra a su cuenta y cargo sin que el resto de los vecinos tenga que pagar nada, no creo que de esta manera se opusiesen, aunque eso si tendría usted que pagar toda la obra.
Por otro lado le quedaría la solicitud judicial, pero no se si le darían la razón, y además debería aportar un informe que le generaría gastos que pueden ser más elevados que el hecho de que pague usted en exclusiva la obra.
Estas son las soluciones que tiene, espero que le sirvan.
Respuesta
1
Si la comunidad, que supongo que es la propietaria de la terraza y la barandilla, no quiere modificarla para hacerla más segura, lo que quedaría es hacer algo que no sea de obra por tu cuenta, algo desmontable, o por lo menos no de ladrillo.
Gracias por tu ayuda
Efectivamente es de uso privativo aunque es espacio comunitario.
Debo entender por lo tanto que a pesar de entrañar un peligro en potencia no existe medida legal para poder hacer algún apaño permanente para solucionar este tema.
¿Qué pasaría si hubiese un accidente fortuito seriamos la comunidad los que pagaríamos los platos rotos o bien, suponiendo que esa barandilla cumpla la normativa, no existirían responsabilidades?
Perdón por la insistencia pero me va por la cintura.
Gracias por tu rapidísima respuesta
Si hubiere un accidente fortuito, la comunidad se defendería que es culpa de la negligencia de los padres por dejar en evidente peligro a sus hijos en esa terraza, y a ver que decía el Juez.
Ya te digo, si la comunidad no quiere hacer nada, lo mejor por tu propia seguridad es que mires alguna protección que no sea de obra para que no te digan nada.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas