Accidente de trafico y accidente laboral

Un amigo trabaja para una empresa llevando y trayendo a los clientes con un monovolumen (Carnet B). Mientras trabajaba, le dieron un golpe por detras; le han tratado como accidente laboral, pero, ¿podría pedir una indemnización por los daños físicas a la aseguradora del conductor que causo el accidente? Si la respuesta es afirmativa, ¿cómo?

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La respuestas es SI.
El accidente laboral se complementa con el accidente de trafico.
Es decir aunque sean dos conceptos diferentes, estos se pueden reclamar con independencia uno del otro.
El accidente de trafico se reclama a través de la compañía de seguros en el cual se produjo el accidente, bien sea con el parte amistoso o con el informe policial si es que lo hubo. En tal caso debes de llevar los partes de accidente a la compañía de seguros del monovilumen para que inicie reclamación contra la otra compañía de seguros.
En este procedimiento se reclama por los daños ocasionados (monovolumen) y por los daños personales acontecidos.
En un accidente de trafico la baja se paga entre 30 y 70 euros dependiendo de las lesiones acontecidas.
Si las lesiones fueron importante fracturas, secuelas etc, o más de 2 meses de baja. Posiblemente si no hay acuerdo para el cobro de esas indemnizaciones, entonces se recurre a juicios penales o civiles (dependiendo de la gravedad de las lesiones).
Si hay lesiones graves, siempre aconsejo contratar a abogado particular.
En cuanto al accidente laboral comportará en primer lugar, que si se produce una baja, esta baja deberá de ser pagada entre un 85 a 100 % del sueldo del trabajador (si uno causa baja por un resfriado, se le paga al trabajador el 65% de su sueldo).
En este caso se cobraría de la baja de la empresa + la indemnización por baja del accidente producido, si hacéis acto de reclamación por las compañías de seguros.
Son dos bajas independientes, pero que se pueden cobrar las dos.
La baja laboral solo se establece porque el accidente ha sido durante tiempo laboral o por realizarse un recorrido in itinere (trabajo-domicilio). Esta baja viene otorgada automáticamente por la propia empresa, ya que se supone que las curas de las lesiones se realizaron ante una mutua laboral, y es por ello que posiblemente cobres el 100 % de tu sueldo si causas baja laboral.
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