Impago de nóminas y fin de contrato

El pasado mes de noviembre empecé a trabajar en una empresa con un contrato "eventual por circunstancias de la producción" de 3 meses.

La verdad es que me siento completamente engañado porque las condiciones que me propusieron en un inicio no se están cumpliendo y, lo más grave, no he percibido ninguna nómina a día de hoy (por lo que me deben noviembre, diciembre y ya enero).

El tema es que en dos semanas mi contrato finaliza, y a la vista de las circunstancias NO quiero continuar. Sé que por parte de la empresa me van a proponer renovar.

Mis preguntas son:

- Quiero cobrar el paro, pero no se como debería hacer para que la empresa no interpretasen mi salida como una baja voluntaria. ¿Qué debería hacer? ¿Aviso con antelación que dejo la empresa?

- A la vista de los impagos, me habían comentado mis amigos que me niegue a firmar ningún documento hasta que no me abonen todo lo que me deben. ¿Es posible? ¿Es una medida de presión válida?

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Como es lógico, la empresa tiene OBLIGACIÓN de abonarle las nóminas por el trabajo que desempeña.

Dado que le deben a usted 3 nóminas, lo que se debe hacer es interponer demanda de extinción de contrato de trabajo. Con esto se consigue:

1. Poner fin a su contrato de trabajo por incumplimiento grave del empresario en el pago de las nóminas

2. Exigir indemnización propia del despido improcedente.

3. Exigir, conjuntamente a lo anterior, el abono de las 3 nóminas que le deben incrementadas en un 10% de interés legal.

En respuesta a sus preguntas, paso a contestarle.

1. Si usted firma baja voluntaria, como bien veo que sabe, no tendría derecho a paro. Por tanto, descarte de pleno esa opción. Si se realiza la demanda de extinción de contrato de trabajo de la que le hablo, que es la vía que se debe coger, tendrá derecho a todo lo anterior y a cobrar el paro. No se exige entonces preaviso tampoco.

2. A la vista de que no le pagan, reitero lo anterior. La forma correcta es interponer demanda de extinción de contrato y reclamar, entre otras cosas, el abono de esos 3 meses de salario. Efectivamente, usted no firme nada de que recibe tal cantidad mientras que no la reciba EN EL MOMENTO.

No dude en contactarnos en el 951 71 50 41 o en www.lariosabogados.es y le asesoraremos gratuitamente, personalmente y sin compromiso.

Muchísimas gracias por su rápida respuesta.

Entiendo completamente el planteamiento, pero tengo entendido que si interpongo la demanda de extinción, debo continuar en la empresa hasta que salga el juicio. ¿Es así?

Eso es algo que quiero evitar completamente. Esta situación me está afectando bastante a nivel anímico y psicológico y aparte, tengo miedo a posibles represalias por parte de la empresa.

Muchas gracias de nuevo por su interés.

Un saludo.

Con excepciones pero sí, así es. Pero tenga usted en cuenta que su contrato acaba en dos semanas. Una vez que su contrato finaliza, NO TIENE OBLIGACIÓN DE RENOVARLO, de modo que la empresa le puede ofrecer la renovación, pero su decisión depende únicamente de usted. De estar forma, si su contrato acaba en dos semanas y no quiere usted seguir, le quedan dos semanas en su empresa.

Usted también tiene otra opción, que es interponer demanda en reclamación de cantidad, por la cual, sin reclamar extinción de contrato, se soliciten las 3 nóminas que le deben (junto con algún otro concepto que pudiera derivarse como pluses de convenio, por ejemplo).

De esta forma, usted tendría derecho a paro, no seguiría en la empresa y obtendría las 3 mensualidades que es que son suyos. Los juicios en reclamación de nóminas suelen ser fáciles de ganar, mayormente porque si no le han pagado, difícilmente podrán demostrarlo.

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