Incapacidad temporal por la seguridad social

Llevo 23 meses de baja por incapacidad temporal y pendiente de una nueva operación de lo mismo que me causo esta baja, e recibido una carta certificada de la seguridad social del equipo de valoración de incapacidades denegándome le incapacidad permanente argumentando:por no alcanzar las lesiones que padece un grado suficiente de disminución de mi capacidad laboral.
¿Por qué después de 23 meses de baja y pendiente de una nueva operación
me deniegan la incapacidad permanente? Yo sigo con los mismos problemas
incluso mas de antes de operarme y no estoy capacitado para ejercer mi
oficio de albañil.
También estoy pendiente de la resolución del conticioso que tendrán entre la mutua de accidentes y la seguridad social pues hace mes i medio solicite el cambio de contingencia y la seguridad social me dio la razón y ahora mismo reza la contingencia como contingencia profesional y no como contingencia común, la
mutua a reclamado y ira a juicio con la seguridad social,¿ami todo esto
a que me afecta? Pues por un lado la seguridad social me deniega la
incapacidad permanente y por el otro estoy pendiente de la resolución entre la mutua y la seguridad social.

4 Respuestas

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No te puedo dar información lo que yo haría en tu lugar es acudir a un abogado laboralista y le informas de todo y que te diga lo que has de hacer

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Pero lamentablemente el Derecho Laoral y de la Seguridad Social no es mi especialidad, motivo por el cual no puedo ayudarle en su consulta.

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El tema de las incapacidades depende primero de la valoración que haga el tribunal médico de sus limitaciones, puede acudir al tribunal médico que le evalúo y pedir allí el informe de síntesis donde se recoge esa valoración

Evidentemente si no está conforme con esta denegación puede presentar reclamación previa contra ella

La obtención de una incapacidad permanente depende de muchos factores
Primero es necesario que los informes médicos que tenga sean lo suficientemente expresivos de sus limitaciones como para obtener el convencimiento del Tribunal Médico o del juzgado si fuera necesario ir a juicio

Segundo, si es por enfermedad común debe haber cotizado los plazos previstos por la ley
Es necesario también poner en relación sus limitaciones con la actividad laboral que desarrolla

Los abogados nos debemos valer de informes médicos periciales para defender la incapacidad de nuestros clientes, pues no somos médicos y necesitamos de ese apoyo para poder defender la incapacidad

En todo caso, antes de poner en marcha cualquier reclamación en este punto es aconsejable que acuda a un abogado especializado que examine su documentación médica y pueda concretarle si es suficiente o si es necesario recabar más documentación

El tema de la determinación de contingencias tiene su influencia en cuanto a la determinación de la base reguladora de la pensión, la necesidad o no de cotización mínima etc

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Me temo que la seg social te deniega la incapacidad permanente porque AHORA es una contingencia profesional... es una forma de pasarle el marrón a tu mutua... será la mutua quién tenga que lucharse una cosa u otra ahora... lo que ha hecho la seg. Social es lavarse las manos... me temo... pero aún así AHORA con la crisis etc... están siendo mucho más duros con las incapacidades y están dando de alta a mucha gente para no hacerse cargo de las pensiones... por esa vía lo vas a tener mucho más difícil así que yo si fuera tú iría a sacar a la mutua lo mas posible, incluido que luchen por declarar tu incapacidad...

Si ahora consideran la contingencia profesional son ellos quién tienen que valorar tu capacidad para volver al trabajo en función de tus lesiones por lo que estarán en situación de luchar por tu incapacidad o estar probablemente sufriendo tus bajas y altas por esas mismas lesiones...

Si estás pendientes de otra operación envía los informes o informa a la mutua... ya que de momento y por sentencia se tienen que hacer cargo de tí...

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