¿Cómo pruebo que no he tenido vacaciones?

Cuento mi caso, llevo un año trabajando en la empresa con un contrato a media jornada de 6 meses y la renovación con 6 meses mas ya se me ha terminado el contrato y sigo sin haber disfrutado mis 30 días de vacaciones.
Todavía no he firmado el finiquito pero lo he visto y pone que me corresponden 5,18 días de vacaciones ya que he trabajado 2 meses y 4 días este año.
Es decir que no me cuentan lo que me corresponde por los 10 meses trabajados el año anterior.

Pues mi pregunta es ¿cómo pruebo que no he tenido vacaciones? Y ¿Qué debería hacer en este caso, firmar no conforme el finiquito y reclamar? En este caso querría saber donde reclamar.

Podría decirle que me corresponde el sueldo de un mes entero para que vea que no soy tonto y me he dado cuenta, pero no creo que cuele.

En fin espero repuesta, este viernes tengo que firmar el finiquito.

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Tenemos que partir de la base que las vacaciones hay que disfrutarlas dentro del año natural a su devengo, te pongo una nota del Estatuto de los trabajadores que te puede ser de gran ayuda para comprenderlo:

"Es principio jurisprudencial que las vacaciones tienen que disfrutarse dentro del año natural de su devengo, debido a que el derecho a dicho disfrute prescribe cuando concluye el año natural al que corresponden, y no podrán compensarse económicamente si el trabajador no las ha podido disfrutar (salvo en los supuestos de terminación del contrato, baja médica, o salvo en las situaciones de maternidad o de paternidad).
Sin embargo, sí es lícito el pacto entre las partes por el que las vacaciones no disfrutadas
durante el año al que correspondan se puedan disfrutar en unas fechas específicas del año
siguiente.
El documento en el que se plasma el acuerdo al que han llegado la empresa y los trabajadores, es el calendario de vacaciones, el cual, se ha de fijar en cada empresa, al menos con dos meses de antelación a la fecha de comienzo de su disfrute."

Si no consigues ningún acuerdo deberías firmar el finiquito como no conforme para siempre tener la opción (dentro de los 20 días siguientes a la fecha efecto del despido) poder reclamar, siempre en primera instancia ante el servicio de mediación de tu provincia.

Muchas gracias, lo que voy a hacer es grabar la conversación con una nota de voz y si no llego a un acuerdo con el pues reclamo con esa prueba.

Aunque no se si me merecerá la pena porque supongo que la reclamación conlleva unos gastos tambien

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