¿Me corresponden vacaciones?

Llevo cinco meses trabajando en una empresa, y tengo un contrato de seis meses en el sector del metal;No tengo intención de renovar mi contrato, ¿y mi empresa me dice que hasta que no lleve un año no tengo derecho a disfrutar vacaciones. Me corresponden? ¿Tengo qué avisar de que no voy a renovar?

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Como regla general las vacaciones deben ser disfrutadas de forma efectiva, sin que quepa su sustitución por compensación económica, o por doble remuneración por los días trabajados.
Excepcionalmente, el trabajador que cese en su empleo, habiendo devengado derecho de vacaciones pero sin haber disfrutado de ellas, tiene derecho a una indemnización compensatoria proporcional a los días de vacaciones a que fuese acreedor. Con la finalidad de posibilitar el disfrute efectivo de las vacaciones, se prohíbe que el trabajador ejerza durante sus vacaciones una actividad remunerada incompatible con la finalidad de dichas vacaciones.
Siempre que se trabaja se tiene derecho a la parte proporcional de las vacaciones y aunque la ley dice que hay que disfrutarlas y que no se pueden pagar en casos de contratos de duración inferior al año lo normal es que se paguen en el finiquito cuando finaliza la relación laboral.
No tienes que avisar de nada los contratos de duración determinada se acaban cuando llega el día de finalización y si las partes no están de acuerdo no hay obligación de renovar, y no seria una baja voluntaria por tu parte sino una finalización de contrato, que no te confundan.
Cualquier duda más estoy a tu disposición.

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