Baja voluntaria - Vacaciones

Voy a presentar la baja voluntaria en mi empresa con los 15 días laborables (3 semanas) de preaviso establecidos por convenio. Tengo 5 días de vacaciones pendientes por disfrutar, quería cogérmelos en la última semana y trabajar 10 días (primeras 2 semanas), pero me dicen que no puedo hacerlo sin la aprobación del cliente donde estoy trabajando. Si éste decide que necesita que trabaje esa última semana, tengo la obligatoriedad de hacerlo y mi empresa en el finiquito me pagaría estos días de vacaciones ¿Esto es legal?

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Tanto la empresa como el cliente entran en el mismo grupo, los dos necesitan 15 días de margen, de hacer vacaciones, serían 3 semanas, en este caso pueden indicar la necesidad de que trabajes esa semana. Aparte de ser habitual, es correcto y nunca he visto otra solución que sea la de pagarte las vacaciones. Si entras de inmediato en otra empresa pues la solución por tu parte es pedir la baja voluntaria una semana antes.
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Me temo que si. Siguen existiendo muchas lagunas en cuanto a temas de vacaciones, pero si solo te corresponden 5 días entiendo que llevas poco en la empresa o que ya disfrutaste de lo que te correspondiía con anterioridad (por normal general las vacaciones pueden decidirse al 50% la empresa/trabajador, excepto que la empresa cierre un mes en concreto por vacaciones, en ese caso se está obligado a las fechas de cierre) eso sí deben de constar en el recibo de finiquito los días de vacaciones no disfrutados.
Buenas noches,
Gracias por tu respuesta tan rápida anterior. Tengo otra duda, si el día 3 de mayo envío a mi empresa la baja voluntaria, tengo que dar los 15 días laborables. Sumando desde el 1 de enero hasta el 21 de mayo el resultado es de 143 días trabajados en el año. Haciendo un simple regla de tres para calcular el nº de días de vacaciones que me corresponden (siendo 22 días por convenio), el resultado es de 8,74 días. Viendo por Internet ejemplos de finiquitos, siempre redondean este resultado (en este caso a 9), pero me han dicho que si me cojo estos 9 días, me quitarán el 0,26 del finiquito resultante ya que el cálculo lo hace directamente un programa. ¿Esto es correcto?
Muchas gracias y un saludo
¿Qué convenio tienes? Me parece muy raro que tengas que dar 15 días laborales en vez de naturales, aunque bueno, mejor que sobre que no que falte. Respecto a las vacaciones, el convenio de la construcción que es el que más controlo son 31 días naturales al año. No obstante; hasta el 21 de mayo son 141 dias no 143 (ene=31, feb=28,mar=31,abr=30, may=21). Aunque el convenio que tengas te diga que las vacaciones serán de 22 días laborales, tienes que hacer el calculo (la regla de tres como dices) por los días naturales que diga el convenio, ya que te van a pagar los días de vacaciones que no has disfrutado, por lo que el calculo más normal sería: 141*30/365 (si es el convenio de la construcción *31 días no 30) y efectivamente se redondea. Los programas de nominas, están diseñados para indicarles los días de vacaciones disfrutados; si se han disfrutado todos los días que te corresponden, no se percibe nada por este concepto en el finiquito y si queda algún día de vacaciones por disfrutar antes de la baja pues se devenga en el finiquito.
PD: ojo¡ Si es el convenio de la construcción, las vacaciones tanto devengadas como pagadas en finiquito tienen un importe mayor que un día normal de trabajo, es decir, se cobra más de vacaciones que trabajando. (Hay muchas empresas y/o gestorías que no contemplan esta salvedad del convenio)
Buenas tardes,
Muchas gracias por tu respuesta. Mi convenio es el XV Convenio Colectivo de Empresas Consultoras de Planificación con 22 días laborables de vacaciones y tengo que dar un preaviso de 15 días laborables. Hoy he entregado la baja voluntaria por lo que me daré de baja el día 21 de mayo y cogeré la última semana (del 17 al 21) de vacaciones. Haciendo cálculos tengo 4, xx días de vacaciones y no los 5 que me voy a tomar por lo que me dicen que me quitarán los (5 - 4, xx) del finiquito. Desconozco si es legal o no. De nuevo muchas gracias por tu consejos y espero tu respuesta.
Un saludo
Yo he gestionado las nominas de una empresa constructora durante años y en alguna ocasión me he encontrado una situación parecida. Es cierto que el programa de nominas si le incluía más vacaciones disfrutadas que las que le correspondían al trabajador, te restaba la parte proporcional, ahora bién; también es cierto que yo personalmente lo que hacia en ese caso es indicar al programa de nominas que las vacaciones disfrutadas habían sido un día menos. Creo que esto sería lo más ético, ya que estamos hablando de quizá 1/2 día o menos de salario. La verdad es que me parecen muy cutres por descontar menos de un día por este concepto y así se lo haría saber a ellos, ya que supongo que en más de una ocasión has permanecido en tu puesto de trabajo pese a estar fuera de horario y nadie te ha pagado una peseta de más por esos 5, 10 15 minutos e incluso más... son muy cutres hombre¡ Lo vería normal si fueran varios días pero no por un tiempo tan insignificante.
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En su caso, usted tiene el derecho a disfrutar de sus vacaciones por lo que si lo informa en la carta de baja voluntaria, supongo que la empresa esta obligada a dárselo, aunque si se lo quieren retribuir, sera lo que usted elija. Por ley, las vacaciones no disfrutadas no se deben retribuir sino que se deben disfrutar, salvo que se produzca un despido y se le paguen las cantidades que no le ha percibido en concepto de vacaciones. De todas maneras acuda a su convenio colectivo para ver si pone alguno de los motivos en los que la empresa puede obligarle a no disfrutar de las mismas. Lo que esta claro es que si no las disfruta, que se las paguen. Finalice y puntúe. Si tienen alguna duda, preguntéme.

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