Descuento de un día

Me gustaría saber como se repercute en el cálculo de la nomina, el faltar un día al trabajo. Supongo que es el (importe mensual /30)*(número de días del mes -1). ¿No? Pero este día de menos, ¿Repercute en la paga extra? ¿Y en las vacaciones?
Qué se considerá como día de falta justificado, enfermedad (Sí), visita al abogado, etc...
Los días que no son enfermedad, se deben recuperar, o te las restan, tienes opción de elegir, ¿o es lo que te pidan?

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Respuesta
1
Repercute en la paga proporcionalmente.
En las vacaciones no repercute.
Lo que es falta justificada o no está expresamente establecido en el convenio colectivo que te corresponda.
Las ausencias, se pactan con el empresario la forma de amortizarlas.
Gracias por tu respuesta.
El convenio, es el de limpieza en un hogar, no me queda claro ahí, ¿qué es falta justificada o no. podrías ayudarme? Se que es el Real Decreto 1424/1985.
Lo de pactarlo con el empresario tampoco me queda claro, el empresario quiere recuperarlas, y yo que descontarlas. Así que no hay acuerdo, ¿qué hacemos?
Muy amable por todo.
La relación de faltas justificadas esta en el estatuto de los trabajadores articulo 37.
La lista es bastante extensa para relacional aquí. Lee el articulo, yo creo que es bastante claro, o concreta que ausencia querrías saber.
Si no hay acuerdo, tu no tienes obligación de recpuerar pero te puede sancionar por ausentarte del trabajo sin perimiso.

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