Días acumulación horas lactancia

He tenido un bebé el día 4 de julio de 2009. La baja maternal me termina el día 25 de Octubre y me gustaría cogerme a continuación los días de lactancia. Mi convenio es el de Industria Química y me gustaría saber cuántos días me corresponden por lactancia, ya que me gustaría juntarlos y posteriormente cogerme las vacaciones.

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Convenio industrias Química. Convenio estatal.
Artículo 49. Reducción de jornada por motivos familiares.
1. Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto múltiple. La mujer, por su voluntad, podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad y que de común acuerdo entre empresa y trabajadora podrá ampliarse hasta 1 hora o cualquier otra fórmula de acumulación que las partes acuerden. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen.
Los trabajadores que tengan derecho a esta reducción de jornada diaria podrán substituirla, a su voluntad, por un período de tiempo de permiso retribuido equivalente a la suma de cada una de las horas diarias; el disfrute de este derecho deberá producirse, necesariamente, de forma consecutiva al permiso por maternidad o por paternidad. El ejercicio de este derecho deberá comunicarse a la empresa con una antelación mínima de un mes antes de su inicio.
Enlace al convenio integro 2007-2009:
http://convenios.juridicas.com/convenios/industria-quimica-convenio-colectivo-2007-2009-espana.html
Muchas gracias, pero tengo una duda. ¿Debo calcular 1 hora diaria laboral? ¿Y debo descontar las fiestas? Mi empresa cierra en diciembre del 23 al 31. ¿Sumo esas horas o debo descontarlas?
Gracias
Debe sumar una hora diaria de cada día laborable hasta que su hijo tenga 9 meses. Para el calculo no debe sumar ni los festivos, ni vacaciones, ni la semana esa de diciembre.
El resultado debe dividirlo entre las horas de su jornada diaria y lo que le de es el resultado de días de acumulación de lactancia que le corresponde.
Recuerde notificarlo, mejor por escrito, con un mes de antelación al disfrute.

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