Cambio en la categoría profesional

Me han surgido un par de dudas estos días revisando mi contrato.
Primera: entre en la empresa con un contrato de un año con la categoría profesional 1. Se prorrogó el contrato otro año con la misma categoría. Tras finalizar este segundo contrato se me ha realizado otro de fin de obra y me han bajado a categoría 3. La pregunta es: Es legal hacer esto o deberían mantenerme la categoría 1. Y en cuanto al salario, si el salario base que tengo ahora es el máximo que se puede tener en esta categoría, y sumando a dicho salario la mejora absorbible y el plus de convenio (Es decir, el total de lo que cobro), no llega al salario estipulado en las tablas del convenio para categoría 1, deberían subirme el salario en caso de que tuviesen que volver a ponerme la categoría 1.
Segunda: Tengo entendido que si he trabajado 24 meses consecutivos en un periodo de 30 meses, con más de dos contratos, deberían haberme contratado como fijo. Es mi caso, pero me han realizado un contrato de fin de obra en lugar de hacerme fijo. El contrato ya lo firmé, es eso un impedimento en caso de que la respuesta sea afirmativa.
Muchísimas gracias, hacéis una labor increíble en estos tiempos aciagos que corren para los currantes.

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La categoría profesional deberías reclamarla, está bien que te la suban, pero no que te la reduzcan, si sigues desempeñado el mismo puedo de trabajo con el mismo rendimiento no deben de rebajarte de categoría, obviamente tu salario ha de adaptarse a la categoría de tu contrato según las tablas salariales del convenio.
A tu segunda duda decirte que ese contrato por obra y servicio está en fraude de ley tu ya eres fijo de plantilla, si no quieres problemas ahora puedes callarte, el verdadero problema surgirá si te despiden, ya que intentarán indemnizarte como temporal con 7 días por año trabajado, ahí has de tener cuidado y no firmar nada, pues sería un despido improcedente indemnizable con 45 días de salario por año trabajado (de momento, mientras zapatero no nos meta esa reforma laboral y que sean 33 días)
Ante todo muchas gracias por la rapidez y por las respuestas, me aclaran muchísimo. Ahora me surge alguna otra duda. En cuanto a la primera cuestión, yo realizo las mismas tareas que antes, pero me queda la duda de si estas labores se pueden incluir como el grupo 3, aunque haya estado en el 1, ¿pueden rebajarmelo?
Y en cuanto a la segunda: Si tengo sospechas de que me van a despedir inminentemente (Un plazo de un mes o 2), personalmente, como crees que es la mejor manera de actuar, pedir ahora que se me cambie el contrato a fijo (Y si debería ir de buenas o usar un tono más duro), o debería esperar a que me despidieran y tomar entonces las medidas oportuna. Y una última cuestión: Se han realizado muchos despidos últimamente en la empresa y la manera de actuar generalmente ha sido despido de un día para otro, sin aviso. En este caso que derechos tengo, si los tengo, a la hora de firmar el despido.
Reitero mi agradecimiento. Me estas aclarando muchísimo el tema.
Un saludo.
No, no pueden bajarte de categoría, estarías en tu derecho de reclamar, dado que aunque no hagas tdas las funciones que corresponden a esa categoría la empresa te la da, tu no tienes culpa, como dice el refrán: "santa rita, rita, lo que se da no se quita". Si te discuten este tema podrían llegar hasta a que un juez decida pues no es algo legal, y podrían incluso entonces sancionarles por tenerte antes en una categoría que no era la tuya.
A lo segundo, pues yo esperaría, y si deciden que te despiden, firma la carta de despido y/o cualquier documento que te presenten como NO CONFORME, escríbelo de tu puño y letra antes de firmar, puedes negociar después o un despido improcedene o el regreso a tu puesto.

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