Paga sovi

Me dirijo a ti para ver si me puedes decir si mi madre tiene derecho o no a la paga sovi.
Mi madre tiene cotizados 1552 días según la seguridad social, aunque trabajo muchos más pero no la dieron de alta, y el problema es que no se puede probar. He oído que las pagas extraordinarias entran en este computo con lo que habría que sumarle los 30 días por paga, lo normal serian 60 (verano y navidad) pero como ella se dedicaba al comercio cobraba, cree aunque no lo recuerda bien la paga de beneficio que serian otros 30, si esto fuera cierto llegaría de sobra. Me gustaría que me dijeses que de cierto hay en esto y si hay algo que no lo fuera el numero de días que le saldría al final a fin de poder pedir dicha paga.

1 respuesta

Respuesta
1
Si bien a partir de Enero de 2008 no se computan los días-cuota para calcular el tiempo de cotización a efectos de la concesión de la pensión de jubilación. Dicha previsión no es aplicable al régimen SOVI donde se seguirían computando los días-cuota. De cualquier forma los días-cuota a considerar serían 60 y no 90, aún en el caso de que existiera una paga de beneficios. También se pueden computar 112 días por cada parto de un sólo hijo y 14 días más en los casos de parto múltiple por cada hijo adicional, tal y como establece la sentencia del Tribunal Supremo de 21 de Diciembre de 2009. En caso de que no te reconocieran dichos días tendrás que presentar una reclamación previa contra la resolución del INSS y en caso de que no fuera atendida proceder a interponer la correspondiente demanda judicial por prestaciones.
Te envío la dirección de mi blog donde podrás encontrar más información sobre temas relacionados con el derecho laboral, además de una forma de contacto con mi despacho profesional:
Hola gracias por tu respuesta. Lo que si me gustaría que me aclararas si los días-cuota de las pagas extra por año se computan como 60 días por año en esa época o menos como he oído. Si fuesen 60 llegaría si no no. En caso de no llegar se quedaría muy cerca, se me plantea otra duda, existe redondeo como ocurre para alcanzar los 15 años de cotización para el 50% o los 35 años de cotización para el 100%. Gracias. Un saludo.
Los días-cuota son una figura que se crean a partir de la Sentencia del Tribunal Supremo de 10 de Junio de 1974 y consiste en considerar cotizados los días de pagas extraordinarias y que según los años a los que se refiere la cotización y de la actividad correspondiente pueden variar entre los 44 y los 60 días por año. En cuanto al redondeo no existe o se tienen los 1800 días de cotización necesario o no.
Te envío un enlace que te puede ser útil con información sobre los días-cuota:
http://books.google.es/books?id=Nijxd0W3F54C&pg=PA76&lpg=PA76&dq=dias-cuota+sentencia+del+tribunal+supremo&source=bl&ots=BsGj1IuU5k&sig=4BDDM5Y9znxKMuAAysS5w7jDLjM&hl=es&ei=AxB6TOvJEsKQOJCE1ecG&sa=X&oi=book_result&ct=result&resnum=7&ved=0CCsQ6AEwBg#v=onepage&q&f=false
También te envío otro a mi blog particular donde podrás encontrar más información relacionada con el derecho laboral y la prevención de riesgos laborales donde podrás encontrar un e-mail de contacto con mi despacho profesional:
Gracias por tu atención, y perdona por dar tanto la lata. Me dice mi padre que te pregunte que le han comentado que si falta poco para llegar a los 1800 días de cotización se puede pagar ahora y cotizarlo para poder llegar. Según nuestros cálculos mi madre tendría, con días cuota incluidos, 1760 días, y la verdad es una lastima que por 40 días no le puedan dar el sovi. Un saludo.
No me consta que exista dicha posibilidad pero podrías consultarlo directamente en el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas