Pensión Sovi

Te expongo un poquito el tema:
Esto es una señora que tiene 70 años y tiene cotizados en la seguridad social 1583 días antes del nuevo régimen del 1/1/1967. La misma estuvo trabajando como empleada del hogar y cotizando en el Montepío Nacional del Servicio Doméstico pero hubo un tiempo en el que no le dieron de alta. Por eso motivo sólo tiene 1583 días de los 1800 días cotizados necesarios para cobrar la prestación de jubilación del SOVI. Le han dicho que los 49 días de pagas extraordinarias por año, con lo que le saldrían aproximadamente 1796 días cotizados, no le es aplicable a su régimen. ¿Es eso cierto?. La señora es viuda pero cobra muy poco de pensión y claro, además le deniegan la citada prestación por no llegar o no poder demostrar los 1800 días. Si es verdad que no son aplicables los 49 días por año, y por tanto sólo pudiendo demostrar los 1583 días, ¿hay alguna posibilidad SOVI de aproximadamente 375 euros mensuales?

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Entiendo que no es correcto lo que te han dicho y que si bien a partir de Enero de 2008 no se computan los días-cuota para calcular el tiempo de cotización a efectos de la concesión de la pensión de jubilación, dicha previsión no es aplicable al régimen SOVI donde se seguirían computando los días-cuota. De cualquier forma, aún así no reunirías los tiempos de carencia que se requieren, salvo que puedas demostrar el hecho de los periodos trabajados sin cotización, caso en el que tendrás que presentar una reclamación previa contra la resolución del INSS y en caso de que no fuera atendida proceder a interponer la correspondiente demanda judicial por prestaciones. Te puede interesar consultar la sentencia del Tribunal Supremo de 28 de Febrero de 2008.
Te envío la dirección de mi blog donde podrás encontrar más información sobre temas relacionados con el derecho laboral:

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